Sanciones penales contra la Libertad Individual.
Estas afectan a la libertad del ser humano. La privación de la libertad constituye la única reacción estatal ante la comisión del delito. Es la pena por excelencia.
Y se manifiesta a través de: de la prisión, la limitación de residencia, prohibición de residencia, y por la casa por cárcel.
Se entiende cárcel como casa pública destinada para custodiar.
Su fin: según la convención americana sobre derechos humanos, en su articulo 5, inciso 6: Las penas privativas de libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados.
Individualización de la sanción
Consiste en adecuar la pena a la persona en particular que se le está imponiendo, o sea es acomodar la pena al individuo sentenciado, porque no todos somos iguales.
Según el código penal, en su articulo 71, de Modo de Fijación, en donde dice q se tomara en cuenta: los aspectos subjetivos y objetivos del hecho punible, la importancia de la lesión o del peligro, circunstancias de modo, tiempo y lugar, calidad de motivos determinantes, condiciones personales del sujeto activo o víctima según su influencia en la comisión del delito, conducta del agente posterior al delito, características psicológicas, psiquiátricas y sociales.
Sus individualizaciones son:
Individualización Legal: El Juez aplica la sanción establecida en la norma, la cual es de carácter absoluto. No da posibilidades discriminan tes.
Individualización Judicial: Tiene lugar cuando el funcionario judicial o Juez, dentro de los parámetros mínimos y máximos determina la pena. Este es el sistema o modelo de los sistemas penales contemporáneos.
Individualización Penitenciaria o Administrativa: Es la mas resiente modalidad de sanción de la pena y consiste en que los funcionarios de los establecimientos penales o carcelarios, son quienes determinan, las condiciones de ejecución o de cumplimiento, de la sentencia impuesta, mediante el llamado:"Tratamiento penitenciario", que no es mas que la atención técnica y profesional de las personas privadas de libertad.
Funciones No declaradas de la privación de Libertad.
Aparecen a finales del siglo 18.
Entendemos por estas funciones no declaradas de las penas de privación de libertad, a aquellas situaciones que resultan directa o indirectamente, de su aplicación, sin que oficialmente, se exprese que se busca ese fin.
Se dan en los siguientes ámbitos.
Psico-social: Ejerce una función: Vindicativa (de Venganza).
Y otra de cobertura ideológica: Este en 2 sentidos:
En primer lugar - Se oculta la responsabilidad social en el surgimiento del delito y se le atribuye toda al delincuente. En segundo lugar - Se da la falsa impresión de que la ley penal, se aplica universalmente a los que cometen delitos.
Económico: - Tiene una función de reforzamiento a la propiedad privada. También - Se da un control del mercado libre de trabajo con el llamado etiquetamiento o teoría del labeling approach. Y - se da también la función de reproducción de la criminalidad.
Político: - Ejerce una función de mantenimiento del estatus quo o estado de las cosas, dentro del estad o gobierno, y utilizan el derecho penal para eso, - Control sobre las clases dominantes. - Control de los opositores políticos.
Información de los programas con certificado
Este curso aún no tiene ninguna opinión. ¿Quieres ser el primero?
| Cursos | Valoración | Alumnos | Vídeo | |
|---|---|---|---|---|
|
Derecho Administrativo en España Derecho Administrativo de España. Conozca las fuentes, la ley y las normas, establecidas en el Código Civil, su relación con la Constituci&... [09/06/09] |
|
594 | ||
|
Constitución española de 1978 Constitución Española de 1978 es la norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico del español. Nace durante el proceso histórico denominado Transición Española. |
|
613 | ||
|
Orientación para abogados Este curso se dirige a aquellos que se encuentran próximos a la decisión de ejercer o no la abogacía. Personas que han terminado la licenciatura de Derecho o un Curso de ... [15/03/06] |
|
4.241 | ||
Publicar en
del.icio.us
digg
meneame