3.201 cursos gratis
6.233.243 alumnos
Publica tu curso gratis
Busca cursos gratis:
Estás aquí: mailxmail > Cursos de Empresa > Trabajo y Seguridad laboral > Motivos de despidos y ausencia en el trabajo > Suspensión y extinción de la relación especial penitenciaria

Motivos de despidos y ausencia en el trabajo

Autor: Ana Pla Mendez
Curso:  4,28/5 4,28/5 (71 opiniones) |12533 alumnos|Fecha publicación: 04/06/2004
Capítulos del curso

Capítulo 30:

 Suspensión y extinción de la relación especial penitenciaria

Podrá suspenderse por:

a. Mutuo acuerdo.

b. Incapacidad temporal.

c. Maternidad.

d.Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.

e. Fuerza mayor temporal.

f.Razones de tratamiento.

g. Traslado a otro centro por tiempo no superior a 2 meses.

h. Disfrute de permisos y salidas autorizadas.

La suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo. En estos casos, la dirección del centro penitenciario tiene la posibilidad de designar a otro interno trabajador para el desempeño del puesto de trabajo mientras dure la suspensión.

Esta relación laboral especial podrá extinguirse por:

a. Mutuo acuerdo.

b. Expiración del tiempo establecido.

c.Ineptitud conocida o sobrevenida con posterioridad al desempeño del puesto de trabajo adjudicado.

d. Fuerza mayor.

e. Muerte, gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta.

f. Dimisión del trabajador.

g. Excarcelación.

h. Contratación laboral por empresas externas de penados clasificados en tercer grado.

i.Razones de tratamiento.

j. Traslado a otro centro por tiempo superior a 2 meses.

k. Razones de disciplina y seguridad penitenciaria.

l. Cumplir los 65 años.

Jurisdicción competente: las cuestiones litigiosas de carácter individual surgidas como consecuencia de la actividad laboral penitenciaria se rigen por la LPL, siendo precisa la reclamación administrativa previa para demandar al Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Infracciones y sanciones laborales: se rige por el art. 58 ET en cuanto resulte de aplicación a la relación laboral penitenciaria.

D) El trabajo de los deportistas profesionales.

Normativa reguladora: el ET considera como relación laboral especial la de los deportistas profesionales, con normativa específica, y aplicándose de forma supletoria, en cuanto que no sea incompatible con la naturaleza especial de esta relación laboral, el propio ET y demás normas laborales de general aplicación.

Su regulación específica se encuentra en el RD 1006/85 de 26 de junio.

Los conflictos que surjan de esta relación laboral especial es de competencia del orden jurisdiccional social y de la Administración Laboral, para las competencias que le sean propias. Se aplica, además, la normativa del FOGASA.

Concepto de deportista profesional: se define el deportista profesional, como aquel que con carácter regular se dedique voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva, a cambio de una remuneración.

Por lo que se refiere al concepto de club o entidad deportiva, el RD incluye las relaciones con carácter regular establecidas entre deportistas profesionales y empresas cuyo objeto social consista en la organización de espectáculos deportivos, así como la contratación de deportistas profesionales por empresas o firmas comerciales, para el desarrollo, en uno y otro caso, de las actividades deportivas. El concepto de club o entidad deportiva como empresario laboral viene definido no tanto por su objeto social, sino por la existencia de un deportista profesional a su cargo.

Se consideran excluidos de esta relación laboral especial:

a. Aquellas personas que se dediquen a la práctica del deporte dentro del ámbito de un club percibiendo de éste solamente la compensación de los gastos derivados de su práctica deportiva. De esta manera resultan excluidos los deportistas ?aficionados?.

b.Las actuaciones aisladas para un empresario u organizador de espectáculos públicos, de deportistas profesionales, sin perjuicio del carácter laboral común o especial que pueda corresponder a la contratación.

c. Las relaciones de los deportistas profesionales con las federaciones nacionales cuando forman parte de la selección nacional en competiciones internacionales.

Los actos, situación y relaciones que afecten a los deportistas profesionales propios del régimen jurídico deportivo se regirán por su normativa específica. Se entienden por tales, la determinación de la forma, clase y naturaleza de las competiciones, su organización, el señalamiento de las reglas del juego y el régimen disciplinario aplicable a los infractores de tales reglas.

Recibe nuestras novedades
Al presionar "Recibir" estás dándote de alta y aceptas las condiciones legales de mailxmail

Hay 71 opiniones. Opina sobre este curso.

Descarga el PDF gratis

Cursos similares a Motivos de despidos y ausencia en el trabajo


Cursos Valoración Alumnos Vídeo
Generación de empleo
El curso consiste en la incorporación de diversos parámetros, destinados a lograr la unión de entidades públicas y privadas, colegios, institutos superiores y tecnológico... [30/08/04]
 4,25/5 1.592  
9 aspectos claves para un ambiente de calidad en el trabajo
En la actualidad, la Calidad Total responde a una estrategia de supervivencia que enfrentan todas las organizaciones Para lograrlo se necesita la participación conjunta d... [07/02/06]
 4,75/5 2.306  
Coaching. Motivación laboral
Coaching. Motivación laboral, la excelencia de la empresa está en la visión y la misión, de aquellas empresas que quieren ser mejores. Adem... [16/06/09]
4/5 1.009  


Publicar en   del.icio.us    digg    meneame

¿Qué es mailxmail.com?|ISSN: 1699-4914|Recomiéndanos|Ayuda
Condiciones legales de mailxmail