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La modernización de España: de los años 50 a los 80

Autor: antonio GONZALEZ RECUERO
Curso: 4/5 4/5 (1 opinión) |157 alumnos|Fecha publicación: 16/04/2009
Capítulos del curso

Capítulo 13:

 Acuerdo Interconfederal (AI) 1983

En este nuevo escenario, se inician las primeras tomas de contacto entre CEOE, UGT y CCOO para estudiar la negociación colectiva de 1983. Desde los primeros encuentros está claro que el punto de discordia se va a centrar en la revisión salarial. Además las negociaciones entre las centrales y la patronal se desarrollan en un ambiente tenso y difícil. La CEOE ofrece subidas salariales muy por debajo de la inflación prevista y en varios momentos se está al borde de la ruptura definitiva.

Finalmente, la patronal pareció comprender que resultaba difícil explicar su negativa a firmar con un partido de izquierdas y fue determinante para firmar el Acuerdo. El día 15 de febrero de 1983 después de un mes de negociaciones UGT, CCOO, CEOE y CEPYME firmaban el Acuerdo Interconfederal.
 
En este pacto se dan dos paradojas importantes. El acuerdo se negocia cuando ya no hay posibilidad de modificar los Presupuestos Generales del Estado. En segundo lugar la Administración no participa, cuando los sindicatos habían exigido su presencia en acuerdos anteriores al igual que los empresarios.

El AI es un convenio estatutario que vincula y obliga a todos los empresarios y trabajadores de España, estén o no afiliados a las organizaciones firmantes.

El tratamiento de las cuestiones sindicales en el AI, desde el punto de vista de UGT, responden a dos criterios:
a)    Preservar la libertad de las Cortes para desarrollar el tema en el marco de la Constitución y los Tratados Internacionales.
b)    En el ínterin, mantener la vigilancia del Ami, que de otro modo, podría entenderse caducado.

El anteproyecto enviado al Parlamento contenía tres punto básicos: jornada legal efectiva de cuarenta horas, al menos quince minutos de pausa en la jornada laboral diaria y treinta días de vacaciones mínimas anuales.
La ley publicada en el BOE establecía un mes de plazo para su entrada en vigor, que sería el 1 de agosto. A partir de este momento comenzó una fuerte polémica al enviar la CEOE una circular a sus empresas afiliadas en la que se aconsejaba denunciar los convenios en el caso de que se intentase aplicar la Ley de cuarenta horas durante 1983, coincidiendo además con esta interpretación el gobierno.
 
Estas diferencias marcaron un período de malas relaciones entre UGT y el gobierno por los conflictos derivados de la aplicación de la Ley. Finalmente los tribunales confirmaron la tesis defendida por los sindicatos, llegándose al fallo emitido por e lTCT reconociendo la aplicabilidad inmediata de la Ley.

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