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Legislación de Guatemala (12/14)

Autor: ALBERTINA LOPEZ
Curso: 5/5 5/5 (2 opiniones) |1683 alumnos|Fecha publicación: 13/01/2009

Capítulo 3:

 Técnicas básicas para el debate (3/4)

Nota: Continuamos con las técnicas básicas para el debate.

c) Preparación de testigos

En la medida de lo posible, hay que evitar que el debate se convierta en una fuente de sorpresas para el fiscal. El fiscal debe saber antes de entrar en la sala de audiencia como ocurrieron los hechos y que va a declarar cada testigo. Salvo situaciones excepcionales, un fiscal que prepare bien un caso no va a descubrir nuevos hechos en el momento del juicio oral. Para que esto suceda así, es necesario:

1º Que el agente fiscal haya dirigido y participado personalmente en todo el procedimiento de investigación. Ello sólo será posible, si el fiscal tiene bien organizada su oficina y asume personalmente los casos más graves.
Que se realice la preparación de los testigos.

El debate es un momento de gran solemnidad. Generalmente los testigos nunca han asistido a un juicio oral y van a entrar en una sala en la que un montón de personas los van a estar mirando. Van a declarar sobre un hecho violento o controvertido y su testimonio puede servir para condenar a una persona que va a estar presente y mirándoles a la cara. Durante la audiencia, el fiscal y el abogado les van a realizar muchas preguntas, con palabras que no siempre comprenderán. Por todo ello, es fácil pensar que si no se preparan los testigos para el debate, lo que digan en la sala va a ser muy distinto de lo que efectivamente querían decir.

Preparar un testigo no es indicarle a un testigo lo que debe decir sino indicarle de que manera debe decirlo. Bajo ningún concepto un fiscal puede decirle a un testigo que no diga la verdad en el debate o que modifique su declaración. Sí, por ejemplo, un testigo no recuerda la ropa que llevaba la víctima el día de los hechos, es preferible que así lo reconozca en el debate a que el fiscal le diga que  llevaba tal o cual camisa. Independientemente de la obligación de imparcialidad y de atenerse a la verdad que tiene el fiscal, hacer que un testigo mienta, además de ser un delito castigado por el Código Penal, puede suponer arruinar un proceso.

Unos días antes del debate, cada testigo ha de ser preparado individualmente. La preparación tiene como objetivo descubrir las posibles contradicciones con el objeto de que el fiscal las conozca, aclarar posibles confusiones y explicarle al testigo cuales son los puntos más destacados de su testimonio para que no deje de decirlos en la audiencia. La preparación la ha de hacer directamente el agente fiscal que va a llevar el debate. Escuchará su declaración y le hará las preguntas que le vaya a hacer en el juicio. Posteriormente le hará un contrainterrogatorio, tal y como se lo haría la defensa. Asimismo, le podrá mostrar los croquis, planos o fotografías que va a usar en el debate, para que el testigo se familiarice con los mismos.

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