Nota: Continuamos con las reglas básicas
del interrogatorio.
8º Controlar el contra interrogatorio: A
diferencia de lo que ocurría en el interrogatorio, el fiscal debe
dar la sensación de que él está manejando la situación.
Para lograr este fin, ha de seguir las siguientes
recomendaciones:
I. Hacer preguntas cortas y concretas a ser
respondidas por sí o no. En el contrainterrogatorio se
sigue la técnica contraria al interrogatorio. Aquí la pregunta ha
de estar dirigida.
II. El fiscal debe hacer la afirmación y buscar
que el testigo lo acepte:
Ejemplo 1: Señor López, usted entró por la puerta
de atrás ¿No es así?.
Ejemplo 2: Señor López ¿Por que puerta entró
usted?
En el primer ejemplo, el fiscal adquiere el protagonismo de la
escena, genera en el testigo la impresión que conoce como
ocurrieron realmente los hechos y le da apariencia de mayor
autoridad sobre el testigo, situación que no ocurre en el segundo
ejemplo.
III. No precipitarse en mostrar la estrategia. El
fiscal debe ir buscando poco a poco que el testigo de la respuesta
deseada. Una pregunta directa generalmente va a ser negada, sin
embargo el objetivo es lograr que el testigo no tenga más remedio
que afirmar la tesis del Ministerio Público.
Ejemplo 1: El fiscal está interrogando a un
testigo de la defensa que asegura que el acusado, cuando ocurrió el
homicidio estaba en un restaurante.
Preg.: Desde el tiempo que usted lleva trabajando
como mesero, ¿No cree que difícilmente podría usted recordar que
ese día concreto, el jueves 15 , el acusado estaba en el
restaurante?
Resp.: Yo tengo muy buena memoria, lo recuerdo
perfectamente.
En este caso, el fiscal ha quedado con muy pocas posibilidades de
continuar ya que no tiene argumentos para poner en duda su
memoria. Asimismo ha cometido un error al preguntarle su opinión en
vez de preguntar hechos. En resumen, el fiscal se ha precipitado en
mostrar su estrategia.
Ejemplo 2: El mismo caso:
Preg.: ¿Usted trabaja de mesero en el
Pavo Grande?
Resp.: Así es.
Preg.: ¿Usted lleva diez años trabajando
allá?
Resp.: Sí.
Preg.: ¿Trabaja todas las noches de martes a domingo?
Resp.: Sí.
Preg.: ¿Cuántos clientes suele tener el Pavo Grande?
Resp.: Es variable, pero entre veinte y cuarenta por
noche.
Preg.: ¿Conoce usted al acusado?
Resp.: Sí.
Preg.: ¿El acusado es cliente habitual?
Resp.: Sí.
Preg.: ¿Usted indicó que el acusado acostumbraba a venir
algunos jueves y algunos viernes?
Resp.: Efectivamente.
Preg.: ¿Recuerda usted si la noche del jueves ocho vino a
cenar?
Resp.: Mire usted, ha pasado mucho tiempo...
Preg.: ¿Recuerda usted si la noche del viernes veintitrés
vino a cenar?
Resp.: No, no recuerdo.
Preg.: Muchas gracias, no tengo más preguntas.
A través de este interrogatorio, el fiscal ha dejado claro que el
testigo no es tan fiable como aparentaba, por cuanto recuerda con
precisión que estaba el día de los hechos, pero no una semana antes
u otra después. Ello, lo resaltará el fiscal en las conclusiones
finales.
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