La división del debate único
El Código Procesal Penal fija un sistema de debate en el cual se
discute en un mismo acto la culpabilidad del acusado así como la
pena a imponer. Sin embargo, existe la posibilidad, contemplada en
el artículo 353 de dividir el debate. Este mecanismo es conocido
por la doctrina como la cesura del juicio penal. Consiste en
dividir el debate en dos partes: Una dedicada al análisis de la
existencia del hecho y el discernimiento de la culpabilidad, y la
otra dedicada a la determinación o individualización de la pena.
Este debate se rige por las normas comunes, pero con las
modificaciones señaladas en dicho artículo.
La división o cesura permite ordenar el debate teniendo en cuenta
la importancia de la concreta aplicación de la pena. En la primera
parte del debate se determinará si el acusado ha cometido la acción
que se le imputa y si es culpable. Finalizada la primera parte se
emitirá sentencia. Si la sentencia declara la culpabilidad del reo
o habilita para la imposición de una medida de seguridad, el debate
continuará al siguiente día hábil. En la segunda parte se discutirá
sobre la pena o medida a imponer y las partes podrán proponer
prueba para la fijación concreta. Asimismo, en este momento, se
podrá ejercer la acción civil. Concluida esta segunda fase, el
tribunal dictará una resolución interlocutoria, en la que se fija
la pena o medida, que se añadirá a la sentencia. El plazo para
recurrir la sentencia comenzará en el momento en el que se fije la
pena.
Esta forma de dividir el juicio tiene dos efectos positivos:
1º Facilita la implantación de un derecho penal de acto y no de
autor. En la primera parte del debate, la discusión versará
sobre si el acusado realizó la acción descrita en la acusación y la
calificación jurídica de tal acción. Para ello, no se deberá
discutir sobre la persona del autor, sino tan sólo sobre si él
cometió un delito. En la segunda parte se entrarán a evaluar sus
circunstancias personales, de cara a la imposición de la pena. Aquí
es cuando tendrá sentido aportar informes socioeconómicos, testigos
sobre la conducta del imputado, etc...
2º Favorece el derecho de defensa del imputado. En un debate
no dividido, es frecuente que el abogado tenga que elegir entre
negar la comisión del delito buscando una absolución y aceptar la
comisión y buscar una pena reducida. Si elige la primera opción, se
arriesga a la imposición de una pena alta al no ser materia de
discusión el número de años de condena, mientras que si elige la
segunda, pierde la posibilidad de lograr la absolución. Con la
cesura, incluso si se buscó la absolución, tras la primera
resolución, se puede discutir el monto de la condena.
El Código limita la aplicación de la cesura a los delitos de mayor
gravedad. La división la decide el Tribunal a petición de la
defensa o del Ministerio Público. El anuncio de la división ha de
hacerse antes de la apertura del debate. Teniendo en cuenta que la
cesura da mayor garantía al proceso, es recomendable que el
Ministerio Público la solicite en casos más complejos y que
no se oponga cuando la defensa lo requiera.
Información de los programas con certificado
Hay 1 opinión. Opina sobre este curso.
| Cursos | Valoración | Alumnos | Vídeo | |
|---|---|---|---|---|
|
Conceptos básicos del derecho Muchas son las instituciones y los órganos que crean y aplican el derecho en la sociedad pero no sabemos exactamente cuál es su estructura y sus funciones. Con este curso... [10/07/02] |
|
20.663 | ||
|
Criminalística La criminalistica es una ciencia que se encarga de estudiar todo el material sensible significativo que se puede encontrar en el lugar en el que se ha cometido un crimen ... [10/09/04] |
|
18.322 | ||
|
Tendencias criminológicas En este curso se describirá y analizará las diferentes tendencias que se han encargado de enriquecer a la criminología con sus conocimientos, teorías y herramientas, así ... [29/07/08] |
|
835 | ||
Publicar en
del.icio.us
digg
meneame