LA FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREPARATORIO
LA CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREPARATORIO
El procedimiento preparatorio concluirá de una de las siguientes
formas:
1. Acusación: La acusación supone el convencimiento firme
por parte del fiscal que conoce del caso, de que el imputado es
autor de un hecho punible. Dicho convencimiento surge de los medios
de investigación reunidos durante el procedimiento preparatorio que
se realizó para comprobar si se ha cometido un hecho delictivo e
individualizado a sus partícipes. Junto con la acusación se hará
una de las siguientes solicitudes:
a) La petición de apertura a juicio conforme al
procedimiento común, o
b) La petición de apertura a juicio conforme al
procedimiento especial para la aplicación exclusiva de medidas de
seguridad y corrección, o
c) La petición de resolución a través del Procedimiento
Abreviado.
2. Sobreseimiento: El sobreseimiento pone fin al proceso e
imposibilita nueva persecución contra la persona a favor de quien
se dicte el auto por ese mismo hecho, es decir, tiene los mismos
efectos que la sentencia absolutoria.
3. Clausura provisional: La clausura provisional suspende la
etapa preparatoria hasta el momento en que se puedan incorporar
nuevas pruebas que hagan viable la presentación de la acusación o
el requerimiento de sobreseimiento.
4. Archivo: Cuando habiéndose agotado la investigación no se
hubiese individualizado al reo o cuando se haya declarado su
rebeldía se procederá al archivo conforme al artículo 327
CPP.
Estas formas de terminación son relativas a cada objeto procesal y
no sobre el proceso en su conjunto. Esto quiere decir que, por
ejemplo, en un mismo proceso se puede dictar acusación y apertura a
juicio para un imputado, clausura provisional para otro, archivo
para un tercero y sobreseimiento para el último.
Asimismo ocurrirá que, en aquellos casos en los que se dicte
sobreseimiento a favor del imputado porque se haya determinado su
inocencia, se continúe la investigación para descubrir quien
cometió el hecho punible, pudiéndose si no se individidualiza al
hechor, dictarse el archivo.
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