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|2415 alumnos|Fecha publicación: 26/09/2008
Obligaciones de registro
Los empresarios y profesionales, independientemente de las
obligaciones contables impuestas por otras normas, deberán
llevar además los registros especiales que se establezcan para
el IVA. Todas las operaciones realizadas por los sujetos pasivos en
el ejercicio de sus actividades tendrán que anotarse en
dichos registros. Además, la contabilidad debe permitir
determinar con precisión tanto el importe del IVA repercutido a los
clientes como el IVA soportado por el sujeto pasivo.

Fig. 3.3. Durante un plazo de seis años los sujetos pasivos
deberán conservar las facturas y justificantes de las
operaciones que realicen.
A continuación presentamos los rayados de los libros de registro
necesarios para el control del IVA.
a) Libro de registro de facturas emitidas (Véase Fig.
3.4).

Fig. 3.4. Modelo de libro de facturas emitidas.
NOTA: En el siguiente capítulo continuaremos con el rayado de los libros de registros.
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