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|591 alumnos|Fecha publicación: 21/04/2006
Durante el primer gobierno de Augusto B. Leguía se dicta la primera norma referida al salario mínimo:
a) Ley 1378 Art. 26°
"El salario que sirva de cómputo a las indemnizaciones no podrá ser inferior al mínimun que determine el Poder Ejecutivo en las distintas regiones de la República para el solo efecto del pago de aquellas. Esta misma base se tomará para pagar indemnizaciones a favor de aprendices y meritorios, víctimas de accidentes, que no disfrutaran remuneración".
El artículo 26° de la Ley 1378 de 20 de enero de 1911 sobre Accidentes de Trabajo se refirió, por primera vez, al salario mínimo, considerándolo como unidad de cómputo, es decir como referencia para poder establecer las indemnizaciones respectivas, no menor al salario mínimo que establezca el Poder Ejecutivo.
Fue el Decreto Supremo de 4 de julio de 1913 el que cuantifico el salario mínimo, que menciona al respecto el artículo 26° de la Ley 1378.
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