4,75/5
(8 opiniones)
|4166 alumnos|Fecha publicación: 23/07/2008
Reconstruir un accidente de tránsito implica el aporte de todos los elementos necesarios para determinar cómo y por qué se ha producido el percance.
En la reconstrucción de los hechos se deben utilizar los vehículos involucrados o en su defecto se podrá contar con la participación de otros automotores. Se considera que el cierre de las vías es muy importante para evitar que terceras personas entorpezcan la reconstrucción misma, para lo cual se debe contar con la respectiva colaboración de la Policía de Tránsito.
En las diversas versiones participarán los imputados, testigos, ofendidos y las respectivas autoridades judiciales. A los órganos de prueba se les recibirá su versión por separado.
La reconstrucción de hechos se divide en tres etapas:
1. Forma como circulaban los objetos involucrados.
2. Punto de atropello.
3. Posición final de los vehículos o elementos que intervienen en el accidente.
La reconstrucción de hechos permitirá llegar al esclarecimiento de un hecho de tránsito.
En la práctica, la dinámica de la reconstrucción es la siguiente:
En el sitio del suceso deben apersonarse las autoridades judiciales, los testigos e imputados. Una vez iniciada la diligencia, se procederá a juramentar a los órganos de prueba, sea los testigos, los cuales serán interrogados por las partes y los peritos. Si el imputado lo desea puede declarar o abstenerse de declarar. Los peritos procederán a tomar nota de lo manifestado por los sujetos intervinientes, tomarán las mediciones del caso y si fuera del caso le podrán hacer preguntas a los órganos de prueba. Luego se da por finalizada la diligencia de reconstrucción. Posteriormente los peritos rendirán un dictamen pericial. Es importante solicitarle a los peritos que se pronuncien con respecto a la dinámica del hecho.
Información de los programas con certificado
Hay 8 opiniones. Opina sobre este curso.
| Cursos | Valoración | Alumnos | Vídeo | |
|---|---|---|---|---|
|
Constitución española de 1978 Constitución Española de 1978 es la norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico del español. Nace durante el proceso histórico denominado Transición Española. |
|
613 | ||
|
Orientación para abogados Este curso se dirige a aquellos que se encuentran próximos a la decisión de ejercer o no la abogacía. Personas que han terminado la licenciatura de Derecho o un Curso de ... [15/03/06] |
|
4.241 | ||
|
Consumidor. Protección al consumidor en la Unión Europea Consumidor. Protección al consumidor en la Unión Europea, España está integrada en la UE. Esto condiciona, entre otras, la po... [02/11/09] |
|
35 | ||
Publicar en
del.icio.us
digg
meneame