Nota: Continuamos con las principales funciones y
obligaciones de los fiscales de distrito o sección:
a.2) Funciones en el ámbito administrativo
1º Planifica, organiza, dirige y controla las actividades
administrativas de la fiscalía.
2º Emite instrucciones para favorecer el buen funcionamiento
de la fiscalía y verifica su cumplimiento.
3º Dirige la elaboración y ejecución del Plan Operativo
Anual de la Fiscalía y verifica periódicamente sus avances.
4º Dirige la elaboración del anteproyecto de presupuesto de
su fiscalía y lo aprueba previo a su remisión a Oficinas
Centrales.
5º Supervisa el cumplimiento de las funciones del Oficinista
Administrativo Financiero especialmente en lo que se refiere
a la dotación de recursos materiales y financieros así como el
control del recurso humano.
6º En el caso del Fiscal de Distrito, supervisa el
funcionamiento de la Oficina de Atención Permanente así como la
Oficina de Atención a la Víctima en su fiscalía.
7º Verifica el cumplimiento del programa de vacaciones del
personal de la fiscalía, para garantizar la continuidad del
servicio.
8º Ordena traslados de personal, dentro de su área
territorial o funcional, por razones de servicio.
9º Impone las amonestaciones a que se hacen acreedores los
miembros de la fiscalía, al incurrir en faltas en el ejercicio de
sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en la
LOMP.
10º Comunica al Fiscal General las infracciones graves en
que incurran los funcionarios.
11º Suspende hasta por quince días, por iniciativa propia o
a requerimiento de los agentes o auxiliares fiscales, a
funcionarios o agentes policiales conforme a los artículos 52 y 53
de la LOMP. En su caso, podrán recomendar la cesantía a la
autoridad administrativa correspondiente.
12º En el caso del Fiscal de Distrito, promueve a través de
la Unidad de Capacitación del Ministerio Público, la formación de
los síndicos municipales, con el objeto de lograr la aplicación del
criterio de oportunidad (art. 85 LOMP).
13º Supervisa que los miembros de la fiscalía cuenten con
los recursos necesarios para el normal desempeño de
sus atribuciones.
14º Remite periódicamente informes estadísticos relacionados
con el ingreso y evolución de los casos de la fiscalía.
15º Autoriza las solicitudes de las actuaciones
administrativas, tales como solicitudes de vehículo, gasolina,
viáticos, adquisiciones, requerimientos de almacén y otros.
16º Informa periódicamente al Fiscal General sobre las
actividades realizadas por la fiscalía.
17º Asiste a reuniones de trabajo convocadas por el Fiscal
General de la República.
18º Representa a la Fiscalía de Distrito o de Sección ante
los medios de comunicación y ante las distintas
instituciones.
b) Funciones de dirección y supervisión de la agencia fiscal a
su cargo
Los fiscales de sección o de distrito también deben ejercer las funciones propias de fiscal en las agencias que le son asignadas, tal y como se detallan en el apartado siguiente.
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