2. EL CICLO PRESUPUESTARIO
Con esta denominación nos referimos a la sucesión de diferentes
momentos u operaciones que afectan al presupuesto. En España este
ciclo consta de 4 fases sucesivas, con alternancia de funciones
entre Ejecutivo y Legislativo, siendo su duración de
aproximadamente de 3 años (uno previo, otro corriente y otro
posterior), distribuidos de la siguiente forma:
- 6 meses para la preparación o elaboración
- 3 meses para su discusión y aprobación
- 1 año para la ejecución
- 15 meses para el control.
En resumen, el proceso sería: el Gobierno prepara el presupuesto
sometiendo al Parlamento el proyecto de ley; el Parlamento lo
examina y lo aprueba con las enmiendas que crea oportunas; ya
aprobada la ley, la Administración es responsable de su ejecución;
por último el Parlamento controla esa ejecución.
Fases del ciclo presupuestario:
1) Preparación o Elaboración:
En esta fase el Gobierno, de acuerdo con las normas y directrices
previamente establecidas, realiza un proceso de negociación y
consenso entre todos sus departamentos para confeccionar un
anteproyecto en el que figuren las líneas maestras de su política
económica y sus previsiones de gastos e ingresos. A este documento,
una vez que el Gobierno lo aprueba se le llama Proyecto de
Presupuesto y debe ser presentado ante el Parlamento con unos
meses de antelación al momento en que deba de entrar en vigor y se
inicie su aplicación.
En esta fase se plantean dos cuestiones:
- la Elaboración: labor generalmente encomendada al Poder
Ejecutivo. el Poder Legislativo le corresponde el aconsejar y
aprobar.
- la Previsión: últimamente las estimaciones de ingresos y
gastos se realizan tomando como base el cuadro de previsiones
macroeconómicas del país.
El procedimiento de elaboración del presupuesto se recoge en el
art.34 de la LGHP que más adelante desarrollamos.
2) Aprobación:
Aquí el protagonismo lo asume el Parlamento, quien tras discutir y
examinar el proyecto presentado, lo aprueba y lo convierte en ley,
en los mismos términos en que elaborado o con algunas alteraciones
(enmiendas).
En el Estado español, el Gobierno debe presentar ante el Congreso
los PGE al menos 3 meses antes de la expiración de los del año
anterior. (Art. 134.3 CE). (En Andalucía este plazo se reduce
a 2 meses).
En cuanto al procedimiento para la discusión y aprobación del
Presupuesto existen dos practicas distintas:
- la discusión en el Pleno del Parlamento
- la discusión en Comisiones Legislativas, con posterior aprobación
en el Pleno.
PROCESO DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA JUNTA
DE ANDALUCÍA

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