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Capítulo 8:

 Anexo: Criterios de Eurostat para la Contabilidad Nacional de los PPPs

Eurostat es la Oficina Oficial de Estadística de la Unión Europea. Sus criterios deben ser coherentes con los de la normativa contable europea (SEC-95).

En el caso de los PPPs, es de aplicación la Decisión de 11 de febrero de 2004 sobre Tratamiento en Contabilidad Nacional de las Asociaciones Público-Privadas (PPPs). A continuación se explican someramente los criterios más representativos que dicha Decisión aporta, de cara a la consolidación de este tipo de operaciones en las Cuentas Públicas.

Según esta Decisión, el ámbito de aplicación de la misma es:

- ·  Contratos a largo plazo entre agentes públicos y privados para la promoción y operación de infraestructuras.
- ·  Tiene que conllevar una inversión en construcción y/o rehabilitación, además de una prestación de servicios según unos estándares de calidad predefinidos.
·  Los pagos al agente privado provienen mayoritariamente de la Administración, no de los usuarios.

Eurostat define tres tipos de riesgos:

- ·  Riesgo de construcción: comprende los retrasos en la construcción, sobrecostes, incumplimiento de estándares de calidad, deficiencias técnicas y externalidades negativas.
·   Riesgo de disponibilidad: incluye los incumplimientos de volumen de servicio suministrado que cumpla los estándares de disponibilidad, calidad y otros como pueda ser la seguridad, definidos previamente en contrato; para que se aplique la responsabilidad del privado respecto a este riesgo, los incumplimientos deben conllevar penalizaciones automáticas y significativas en los pagos a recibir por el agente privado.
·  Riesgo de demanda: se trata de variaciones de la demanda de la infraestructura no debidas a modificaciones normativas o políticas.

Condiciones exigidas por Eurostat para que la inversión no consolide como Déficit Público:

- ·  Que el socio privado asuma mayoritariamente el riesgo de construcción
·  Que el socio privado asuma mayoritariamente uno de los dos restantes (disponibilidad o demanda)

En el caso de que un determinado proyecto no cumpla alguna de las condiciones exigidas por Eurostat, la Administración participante deberá asumir como Gasto Público el importe de la inversión desde el momento inicial.

Capítulo anterior - Conclusiones

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