Acta
El acta es el documento por el que se da fe de lo sucedido en las
reuniones convocadas con carácter oficial, así como de
los acuerdos tomados en ellas.
La colocación de las anotaciones o registros se hará precisamente
siguiendo el Orden del día, que ha de figurar en
la convocatoria de la reunión. El responsable de dar fe de
este documento es el secretario, por medio de su firma. También
firman los restantes miembros que conforman el órgano rector
que convoca la reunión.
Las actas quedan inscritas en el libro de registro habilitado para
tal fin y que es conocido como Libro de actas. Este
libro debe ir diligenciado, que es una indicación que figura
en su primera hoja citando que se trata de un libro de
actas perteneciente a una determinada organización,
asociación, fundación, etc., y foliado, es decir, las hojas han de
ir numeradas correlativamente. No obstante y debido a la
utilización de programas informáticos, las actas podrán
confeccionarse en hojas separadas que, numeradas
correlativamente, son luego encuadernadas para conformar el Libro
de actas.
El acta se divide en las siguientes partes: inicio, contenido y
final.
- Inicio. Consta de tres bloques:
El primero comienza citando la localidad donde se celebra la
reunión, la fecha, la hora y el lugar (sala de
conferencias, auditorio, sala de cine...), y el nombre de
la sociedad, organización o fundación que se reúne. En un segundo
bloque se relacionan los asistentes y ausentes, si hubiese,
indicando su cargo dentro de la organización a la que
representan. Se comienza por el cargo de mayor responsabilidad para
ir decreciendo en orden jerárquico. Cuando la redacción se
hace de forma manuscrita, la relación de los asistentes y ausentes
figura en el margen izquierdo, separada del cuerpo del acta
por una línea divisoria siguiendo la costumbre mercantil. Ahora
bien, si se confecciona este documento utilizando un medio
informático, esa distribución varía, ya que la relación de
asistentes y ausentes pasa a formar parte del propio cuerpo
del acta. El resto sigue la distribución normal (Fig. 7.2 y Fig.
7.3).
A continuación, y ya dentro del tercer bloque, figura el Orden
del día, que es la relación ordenada de los temas que se van
a tratar o deliberar y fiel reflejo del que aparece en la
convocatoria de la reunión que origina el acta. Los temas que
se tratan están colocados en orden, de mayor a menor
importancia. Si es una primera reunión, el último punto es el de la
lectura y aprobación, si procede, de ese acta. Si éste obedece
a sucesivas reuniones, este punto puede aparecer bien el
primero, haciendo referencia a la aprobación del acta de la
reunión inmediatamente anterior, o bien en el último punto, para
que sea aprobado en la misma reunión, si procede.
- Contenido. En este apartado se recogerán de forma
ordenada las deliberaciones que afectan a los temas tratados, así
como las de los acuerdos tomados; en definitiva, refleja el
desarrollo de la reunión.
- Final. Este último apartado comienza con la
siguiente frase: «No habiendo más asuntos que tratar se levanta la
sesión a las horas minutos horas del día de la fecha». A
continuación, figurarán las antefirmas y firmas del secretario, o
bien la del cargo que convoca la reunión, así como las de los
demás cargos directivos. Si la organización o empresa contemplase
la figura del presidente en sus estatutos, éste dará el visto
bueno (Vº Bº) al acta con su firma, que, por regla general,
estampará al margen izquierdo.
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