En el estudio de la división del trabajo, el autor descubre dos ideas esenciales: La prioridad histórica de las sociedades donde la conciencia individual esta totalmente fuera de sí y la necesidad de explicar los fenómenos individuales por el estado de la colectividad y no el estado de la colectividad por los fenómenos individuales.
El fenómeno de la división del trabajo que el sociólogo quiere explicar difiere por lo tanto de lo que los economistas entienden con el mismo concepto. La división del trabajo es cierta estructura de la sociedad toda y la división económica del trabajo no es más que una expresión de aquella. Es especialización, y no dividir el trabajo para producir más.
Para estudiar científicamente un fenómeno social, es necesario estudiarlo objetivamente, es decir, desde el exterior, determinando como reconocer y comprender los estados de conciencia que no podemos "aprehender directamente". Estas expresiones de los fenómenos de conciencia son, en "La división del trabajo social", los fenómenos jurídicos.
Durkheim distingue dos clases de derecho, cada una de ellas característica de cada tipo de solidaridad.
El derecho represivo que sanciona faltas y crímenes.
El derecho restitutivo o cooperativo cuya esencia no es sancionar, sino reestablecer el estado de las cosas.
El derecho represivo es propio de la conciencia colectiva de las sociedades con solidaridad mecánica porque al multiplicar las sanciones, manifiesta la fuerza de los sentimientos comunes, su extensión y su particularización la conciencia colectiva, mayor es el número de actos considerados delito.
Esta definición de delito, es típicamente "sociológica". Un delito en el sentido sociológico, es simplemente el acto prohibido por la conciencia colectiva. Afirmar que alguien es, sociologicamente, un "delincuente", no implica que lo juzguemos culpable respecto a Dios o a nuestra propia concepción de justicia. El delincuente es aquel que en una sociedad ha rehusado obedecer las leyes de la ciudad.
Después de haber esbozado una teoría del delito, Durkheim deduce de ella una "teoría de la sanción".
Desecha que el objeto de la sanción sea impedir la repetición del acto culpable, como dicen las interpretaciones clásicas. En su opinión, la función y el sentido de la sanción no es intimidar o disuadir, sino satisfacer la conciencia común. Pues ésta se ha visto lesionada por el acto cometido por alguno de los miembros. Exige (reparación y castigo) al culpable mediante esta compensación ofrecida a los sentimientos colectivos.
En el derecho restitutivo, ya no se trata de castigar, sino de devolver las cosas al estado en que deberían encontrarse de acuerdo con la justicia. Quien no cumplió su deuda debe pagarla.
Pero este derecho restitutivo (al que pertenece el dº comercial), no es la unica forma de derecho (características de las sociedades de solidaridad orgánica). Hay que entender el derecho restitutivo de un modo más amplio, de forma tal que engloba todas las reglas jurídicas, cuyo objeto es organizar la cooperación entre los individuos. El derecho administrativo o el constitucional pertenecen al género del derecho cooperativo. No son tanto la expresión de sentimientos comunes a una colectividad, sino la expresión de la "organización", de la coexistencia de individuos que ya están diferenciados.
¿Pero cuál es la causa de la solidaridad orgánica o de la diferenciación social en las sociedades modernas?
Se trata de un fenómeno esencialmente social. Cuando el fenómeno que se quien explicar tiene esa naturaleza, por el principio causa-efecto, también la causa debe ser "social".
Pero puede ocurrir, que en ciertas sociedades donde aparece muy desarrollada la división económica del trabajo, subsistía parcialmente una estructura segmentaria, y pon e como ejemplo a Inglaterra en el siglo XIX en que era industrialmente muy desarrollada, pero conservaba dentro, estructuras segmentarias que se reflejaban en las autonomías locales y en la fuerza de la tradición.
Partiendo de estos temas se puede dilucidar algunas ideas que forman parte de la teoría general (de este autor).
La primera es el concepto de conciencia colectiva, definida como: El conjunto creencia y sentimientos comunes al termino medio de una sociedad.
Este conjunto, forma un sistema social determinado que tiene vida propia. La conciencia colectiva evoluciona de acuerdo con sus leyes y no es solo la expresión o el efecto de las conciencias individuales.
De acuerdo con las diferentes sociedades, esta conciencia colectiva implica más o menos "extensión o fuerza".
En las sociedades con solidaridad orgánica, o sea donde aparece la diferenciación de los individuos, cada uno es libre de cree, querer y actuar según sus propias preferencias.
Por el contrario, en las sociedades con solidaridad mecánica la existencia está regida por imperativos y prohibiciones. La fuerza de esta conciencia colectiva va de la mano con la extensión. En las sociedades primitivas, los sentimientos vividos en común tienen una fuerza extraerá que se manifiesta en el rigor de los castigos infringidos en los que violan las prohibiciones. Cuanto mas fuerte es la conciencia colectiva, mayor es la indignación contra el crimen.
Finalmente, la conciencia colectiva, también aparece "particularizada". Cada uno de los actos, y sobre todo si se trata de ritos religiosos, esta definido con precisión. Lo que debe hacerse y lo que corresponde creer aparece impuesto por la conciencia colectiva.
En cambio, donde reina la solidaridad orgánica, Durkheim cree observar una reducción de la conciencia colectiva, un debilitamiento de las reacciones de la sociedad contra la violación de las prohibiciones, y sobre todo hay un margen más amplio de interpretación individual de los imperativos sociales. Desecha de ese modo, la explicación individualista según la cual, el factor del desarrollo social seria el placer o la búsqueda de la felicidad.
La diferenciación social no se explica por la búsqueda del placer o la felicidad. Es verdad, se afirma que los placeres son numerosos y útiles en la sociedad moderna, pero esta diferenciación de los placeres es el resultado de la diferenciación social, y no su causa.
La división del trabajo, que es un fenómeno social, solo puede explicarse por otro fenómeno social, la densidad material, y la densidad moral de la sociedad.
- El volumen de la sociedad: Es simplemente, el número de individuos que pertenecen a una comunidad dada. Pero por sí solo este volumen, no es la causa de la difer5enciacion social. Para que se convierta en "causa" de la diferenciación, es necesario agrgar la densidad en ambos sentidos, material y moral
- La densidad moral es la intensidad de las comunicaciones y los intercambios de los individuos. Cuanto mas elevado el numero de relaciones entre los individuos, mas tienden a trabajar juntos, mas estrechas son las relaciones comerciales y mayor la densidad. Por lo tanto, la diferenciación social, resulta de la combinación de estos dos fenómenos: del volumen moral, y de la densidad material y moral
Para explicar este concepto, el autor francés, usa el concepto de "lucha por la vida" de Darwin. Cuanto mas numerosos son los individuos que tratan de vivir juntos, mas intensa es la lucha por la vida. La diferenciación social es la solución pacifica a esa lucha.
En lugar que unos se van eliminados para que otros sobrevivan, como sucede en el reino animal, la diferenciación social permite que un numero mas elevado de individuos sobrevivan, pues diferenciándose cada uno deja de competir con todos, y se encuentra en condiciones de cumplir su papel, y así puede satisfacer una función.
Desde el momento en que los individuos ya no son semejantes sino diferentes, ya no es necesario eliminar a la mayoría, pues cada cual contribuye con su propio aporte a la vida de todos.
Toda esta explicación se ajusta a lo que Durkheim considera una regla del método sociológico: la explicación de un fenómeno social por otro fenómeno social y la explicación de un fenómeno global por otro fenómeno global.
A partir de este trabajo, el pensamiento de Durkheim organiza algunas ideas esenciales
La diferenciación social, fenómeno característico de las sociedades modernas, es la condición creadora de la libertad individual. Solo en una sociedad en que la conciencia colectiva ha perdido rigidez, el individuo puede gozar de cierta autonomía de juicio y de acción.
En esta sociedad individualista, el problema fundamental es mantener el mínimo de conciencia colectiva, sin la cual la solidaridad orgánica acarrearía la desintegración social sobreviniendo la "anomia"
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