b) COMPROMISO DEL GASTO: En esta fase el órgano de
contratación selecciona al posible contratista y realiza la
adjudicación del contrato, que junto con la propuesta de documento
contable D remite a la Intervención para que lo fiscalice y
contabilice.
A la Intervención se manda todo el expediente otra vez, junto con
la documentación del adjudicatario, que debe contener los
certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias
con la Administración General del Estado, con la Junta de
Andalucía, con la Tesorería General de la Seguridad Social y el
alta en el Impuesto de Actividades Económicas junto con el recibo
de estar al corriente en el pago del mismo.
Ya fiscalizado el Documento D por la Intervención correspondiente,
lo vuelve a remitir al órgano gestor (firmado en el apartado
correspondiente por el Interventor /a) para que este proceda, en el
caso de los contratos, a exigir al contratista la constitución de
la garantía definitiva, en los contratos que así se exija, y el
pago de los anuncios de licitación.
Constituida la misma y pagados los anuncios, se procede a la
formalización del contrato mediante su firma por la Administración
y el contratista. Normalmente se formaliza en documento
administrativo. A partir de entonces se inicia el periodo de
ejecución del mismo, y el contratista irá emitiendo certificaciones
por el trabajo realizado con el fin de que la Administración
proceda a abonarle los trabajos finalizados. Con esto se
entraría en la 3ª fase:
c) PROPUESTA DE PAGO: Una vez que el contratista realiza la
prestación, o sea cuando ha cumplido con lo determinado en el
contrato, el órgano gestor efectúa la propuesta de pago, para lo
cual remite a la Intervención correspondiente el documento OP junto
con la documentación administrativa de la obligación (facturas,
certificaciones de obras, etc.). En ese momento la Intervención
realiza la fiscalización formal del pago, y ya contabilizado, cursa
el documento OP a la Tesorería para el Pago. Es allí donde se le
somete a la fase de Intervención material del pago antes de su
realización.
Aunque estas fases constituyen la generalidad de la mayoría de
expedientes típicos de contratación, existen casos (como la
adquisición de bienes Homologados de la que hablamos antes, o
algunos procedimientos negociados) donde se unifican las fases de
autorización y compromiso, tramitándose en documentos AD o incluso
en los contratos menores, (cuyo expediente solo exige la aprobación
del gasto y la incorporación al mismo de la factura
correspondiente), todas las fases se agrupan mediante el documento
ADOP.
Los contratos menores se calificaban así por su cuantía (en Obras
los menores a 30.050,61 euros y en Suministro, Consultoría y
Asistencia y de Servicios los menores de 12.020 euros). Así un
esquema de todas las fases del procedimiento de contratación
administrativa será el siguiente:

3) Gastos de transferencias o subvenciones:
Mediante los cuales se destinan fondos públicos a favor de otra
Administración, o de particulares, estando tales fondos vinculados
al fin para el que se otorgan ( o sea su receptor solo debe
aplicarlos al objeto para lo que se le concedió). Estos gastos se
incluyen en los capítulos IV (Transferencias corrientes) y VII
(Transferencias de Capital) del Presup. de Gastos. En estos
gastos, las fases de ejecución del expediente económico se
producen:
1) AUTORIZACION Y COMPROMISO DEL GASTO: El órgano gestor
realiza la convocatoria pública (en BOJA etc) y los demás trámites
del expediente administrativo (proposición de concesión) hasta el
momento inmediato anterior a la resolución de concesión de la
subvención. Entonces remite a la Intervención el documento AD,
junto con la propuesta de resolución referida para la fiscalización
previa del gasto. Ya fiscalizado y contabilizado, se devuelve el
expediente y el documento contable al órgano gestor para que con su
firme en el AD autorice y comprometa tal gasto.
2) PROPUESTA DE PAGO: Posteriormente el órgano gestor dicta
la resolución de concesión de la subvención y efectúa la propuesta
de pago en un OP, remitiendo todo a la Intervención para su
fiscalización formal del pago y su posterior traslado del documento
contable a la Tesorería para la Ordenación del pago y pago
material.
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