Son drogas que mimetizan los efectos de la hormona natural
masculina llamada testosterona. Se comercializan bajos diferentes
nombres.
¿Son adictivos los anabolizantes?
Según se desprende de los últimos estudios este tipo de drogas sí
puede causar adición. Algunas personas necesitan asistencia médica
cuando desean dejar de tomar anabolizantes y experimentan síndrome
de abstinencia.
Cómo se Usa / Consumo
Los anabolizantes se toman oralmente o se inyectan en un músculo;
nunca en una vena.
Se suelen tomar junto con otras drogas, al mismo tiempo (a esto se
le llama "Stacking").
Con frecuencia se toman siguiendo ciclos: a un período de uso sigue
otro de abstinencia.
Efectos:
Tienen dos tipos de efecto: el primero es el de ejercer una acción
androgénica o masculinizante, consistente en hacer más profunda la
voz, aumentar el vello del cuerpo y la cara y desarrollar los
órganos sexuales secundarios del varón; el segundo es un efecto
anabolizante que estimula el desarrollo de la masa muscular y el
crecimiento de los huesos.
Efectos fisiológicos
: Ï Aumento
de la masa magra.
- Reducción del tejido adiposo.
- Aumento de la fuerza.
- Aumento de la resistencia .
- Disminución del tiempo de recuperación
después del ejercicio.
Todo esto conduce a un aumento en el rendimiento deportivo. Sin
embargo, para que se produzca una mejora en la fuerza muscular, el
deportista debe, además, seguir un programa de entrenamiento
durante el tiempo en que toma esos esteroides.
No se ha demostrado un aumento en la resistencia y agilidad.
Reducción de Riesgos / Daños:
Los músculos formados con ayuda de estos fármacos tienen altas
concentraciones de agua y sales, aparentando mayor volumen y a la
vez perdiendo resistencia por la presencia acuosa. Pueden
producirse lesiones como tendinitis y rotura de ligamentos con
mayor frecuencia y facilidad.
En el adulto varón : Ï
Acné.
- Aumento de la agresividad.
- Piel aceitosa.
- Atrofia testicular.
- Cambios en la distribución del
vello.
- Voz atiplada.
- Calvicie precoz.
- Disfunción renal.
- Aumento del deseo sexual.
- Comportamiento sexual aberrante.
- Impotencia
En el adolescente : Ï Acné facial y
corporal
- Detención del crecimiento de los huesos
largos por cierre de la epífisis de los huesos.
En las mujeres : Ï
Masculinización con trastornos del ciclo menstrual.
- Crecimiento del vello facial y
corporal.
- Hipertrofia del clítoris.
- Aparición de calvicie tipo
masculino.
- Virilización de la voz.
- Aumento de la nuez de la garganta.
- Atrofia de las mamas.
Algunos de estos efectos en las mujeres pueden ser
irreversibles.
Historia :
Estas hormonas masculinas fueron aisladas e identificados sus
efectos en los años 30, y se usaron durante la Segunda Guerra
Mundial para la recuperación tras el agotamiento, las quemaduras,
las heridas y en las intervenciones quirúrgicas.
También se utilizaron después de la guerra para restablecer el peso
de los supervivientes de los campos de concentración
alemanes.
Su uso no terapéutico fue notificado por primera vez en los años 50
entre los levantadores de peso y culturistas, difundiéndose a
muchos deportes como el atletismo, la natación, el fútbol americano
y los deportes de resistencia, puesto que permite incrementar la
capacidad de asimilar entrenamiento.
También es usado por motivos estéticos, para mejorar la propia
apariencia física, lo que es una de las causas habituales de su uso
en el ámbito extradeportivo.
Legislación
Son sustancias legales que sólo se deben tomar bajo prescripción y
control médico.
En el mundo del Deporte su uso está prohibido y para evitar su
consumo es práctica habitual la realización de controles
anti-doping. Un resultado positivo en uno de estos controles puede
arruinar la mejor carrera deportiva.
La normativa que regula legalmente el control del dopaje es la
siguiente:
- Ley 10/1990, de 15 de octubre, del
Deporte.
- Real Decreto 1591/1992, de 23 de
diciembre, sobre Disciplina Deportiva.
- Real Decreto 255/1996, de 16 de febrero,
por el que se establece el Régimen de Infracciones y Sanciones para
la Represión del Doping.
- Resolución de 11 de febrero de 1997, del
Consejo Superior de Deportes, sobre lista de sustancias y grupos
farmacológicos prohibidos y de métodos no reglamentarios de dopaje
en el deporte. BOE nº 48 de 25 de febrero de 1997.
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