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Derechos y obligaciones laborales

Autor: sammy LIBROSEI
Curso: 0/5 0/5 (1 opinión) |1126 alumnos|Fecha publicación: 30/05/2008

Capítulo 4:

 Asignaciones, horas extras y feriados

ASIGNACIONES

- Cobrar las siguientes Asignaciones: por hijo ($72), prenatal ($72), especial para madre por nacimiento de un hijo con síndrome de Down, por hijo con discapacidad ($288), por ayuda escolar anual para la Educación Básica y polimodal ($ 170), por nacimiento ($400), por matrimonio ($600), por adopción ($2400). Para ello, obligatoriamente tiene que denunciar y acreditar ante su empleador toda causa que de origen al cobro de las mismas, presentando fotocopias de partidas de nacimiento, certificado de escolaridad (en marzo de cada año), partida de matrimonio, testimonio de sentencia de divorcio, certificado médico de   embarazo, etc. Considere que estos valores aumentan con el transcurso del tiempo y podrá ver los importes de los mismos en Internet a través de la página del ANSES, www.anses.gov.ar


HORAS EXTRAS Y FERIADOS

- Cobrar horas extras al 50 % (Cálculo: Se divide el Sueldo mensual / 200 y el resultado se multiplica x 1,5) por cada hora que Usted elija libremente trabajar después de su jornada laboral obligatoria de 8 hs. diarias (o lo que para la ley es lo mismo que 8 hs. diarias: 48 hs. semanales distribuidas de otra forma).

- Cobrar horas extras al 100% (Cálculo: se divide el Sueldo mensual / 200 y se multiplica x 2) si son trabajadas después de las 13.00 hs. del día sábado hasta las 00.00 hs. del día domingo.

- Sólo estará obligado a trabajar horas extras en casos de incendio, peligro o fuerza mayor, o exigencias excepcionales de la economía nacional, en todos los demás casos Usted puede elegir trabajar sólo su jornada laboral.

- Cobrar los feriados Nacionales como días trabajados. En cambio, si trabaja los feriados Nacionales los cobrará normalmente con más una cantidad igual (Cálculo: se divide el Sueldo / 30, el resultado es lo que deben pagarle por cada día feriado trabajado, además del salario que cobra habitualmente) Ejemplo: Si su sueldo es de $ 1000, y trabaja un feriado, a fin de mes cobrará $ 1033.

 

*En el siguiente capítulo veremos Sanciones disciplinarias y otros derechos.

Hasta pronto!!

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