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|1976 alumnos|Fecha publicación: 25/09/2008
- Principios generales
Denominamos principios generales a las ideas o
directrices que subyacen en cualquier rama del ordenamiento
jurídico. Éstas sirven para fundamentar las normas, y además se
aplican directamente si no hay ley o costumbre para un caso dado.
Haciendo una comparación didáctica, podemos decir que los
principios son como los cimientos sobre los que se construyen las
normas.
Los principios son numerosos; así, por ejemplo, en Derecho civil
podríamos citar el de pacta suntservanda ( los pactos son para
cumplirlos), que fundamenta la contratación; en Derecho penal, el
de in dubioproreo ( ante la duda, se favorece al reo), que tiene su
homólogo en Derecho laboral en el principio de in ubio prooperario
( ante la duda, se favorece al trabajador). (Véase el Caso práctico
2.)
- Jurisprudencia
En sentido estricto, jurisprudencia es el criterio que de
modo reiterado utiliza el Tribunal Supremo ( máximo Órgano de la
línea jurisdiccional) en sus sentencias. Consiste en repetir el
mismo criterio interpretativo en más de una sentencia sobre la
misma cuestión.
En sentido amplio decimos que la jurisprudencia de cada juez o
tribunal son las sentencias que éste emite. En esta acepción la
jurisprudencia tiene un valor meramente orientativo para los demás
jueces y tribunales; por el contrario, la del Tribunal Supremo debe
ser tenida en cuenta por los órganos jurisdiccionales de rango
inferior. Hay controversia sobre si la jurisprudencia del Tribunal
Supremo es o no fuente del Derecho; el Código Civil afirma que se
trata de una fuente complementaria que ayuda a interpretar cómo se
aplican las normas, por esa razón la excluimos de la Figura
1.1.
* Caso práctico 2
2.- El artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajado res establece en caso de despido
improcedente la readmisión del trabajador o el abono de una
indemnización de 45 días de salario por año de servicio,
prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y hasta
un máximo de 42 mensualidades. ¿ Cómo se computan los días de
salario?
Solución :
La ley no dice cómo deben ser calculados los días de salario; el
importe de cada uno de ellos se puede hallar dividiendo el salario
mensual entre el número de días de un mes, o bien dividiendo el
salario anual entre el número de días del año. En el segundo caso
supone añadir en la indemnización la prorrata de pagas extras, lo
que no sucede en el primer supuesto.
Aunque la ley no diga nada respecto a la forma de cálculo (laguna
legal), éste debe hacerse del segundo modo; es decir, incluyendo la
parte proporcional de las pagas extras. Para llegar a dicha
conclusión, en ausencia de ley y costumbre, se aplican los
principios generales del Derecho y, concretamente, un principio
básico en Derecho del trabajo: el de indubio prooperario (
ante la duda, se favorece al trabajador).
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