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|1614 alumnos|Fecha publicación: 26/09/2008
Clases de normas: su origen, jerarquía y relación
Cualquier sistema jurídico está compuesto por una serie
de normas, de distinta categoría y procedencia, complementadas por
los principios sobre los que se construyen. Antes de analizar las
principales categorías de normas existentes en España conviene
sentar dos ideas previas: una norma sólo puede ser derogada
(anulada) por otra posterior, de igual o mayor rango; la norma
escrita siempre prevalece sobre la no escrita (costumbre o
Derecho consuetudinario).
Normas que emanan del Parlamento
Las Cortes Generales elaboran leyes orgánicas y leyes
ordinarias, las cuales se hallan subordinadas a la Constitución,
que es la ley de máximo rango del sistema normativo. Mediante las
leyes orgánicas se regulan las libertades públicas y los derechos
fundamentales reconocidos a los ciudadanos por la Constitución; se
aprueban los:
Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general, y se
autoriza al Gobierno la celebración de tratados por los que se
atribuye a una organización o institución internacional
competencias derivadas de la Constitución. Tomándonos una pequeña
licencia podríamos decir que las leyes orgánicas son «superleyes»
(aunque no toda la doctrina está de acuerdo), ya que versan sobre
aspectos de importancia crucial. Una vez ratificadas por el Senado
requieren para su aprobación, modificación o derogación una
votación final sobre el conjunto del proyecto, en la que la mayoría
absoluta del Congreso se pronuncie favorablemente. Este último
trámite no es necesario en el caso de una ley ordinaria, que queda
sometida exclusivamente al proceso legislativo.
Algunos ejemplos de leyes orgánicas son: la Ley Orgánica de
Libertad Sindical, que desarrolla el derecho fundamental de los
españoles a la libre sindicación reconocido por el artículo 28.1 de
la Constitución, o la Ley Orgánica de Ordenación General del
Sistema Educativo (LOGSE), que concreta el derecho fundamental a la
educación reconocido por el artículo 27 de la Carta Magna.
Ejercicio 5
Visita la página web del Parlamento o Asamblea
legislativa de tu comunidad autónoma y navega por los distintos
apartados; posteriormente, haz un resumen de la principal
información obtenida.
Caso práctico 4
En mayo de 1997 se consideraba necesaria una reforma laboral para
modificar determinados tipos de cont ratos de trabajo y fomentar la
contratación indefinida. Después de un acuerdo, auspiciado por el
Gobierno, entre los sindicatos más representativos y las
organizaciones patronales se llegó a un texto denomina do: Acuerdo
Interconfederal para la Estabilidad en el Empleo. Para hacer
obligatorio dicho acuerdo debía modificarse el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores (con categoría de ley
ordinaria) y otra serie de normas con rango de ley.
Debido a la necesidad de que la reforma entrase en vigor con
rapidez, para aprovechar su impacto económico en las contrataciones
del verano, el Gobierno decidió publicar dos reales decretos leyes:
el RDL 8/1997 y el RDL 9/1997, ambos de 16 de mayo. Estos reales de
c retos leyes entraron en vigor el día de su publicación en el BOE
(17/05/97). El día 5 de junio de 1997, después de un debate, el
Congreso de los Diputados acordó la convalidación y tramitación
como proyecto de ley de los menciona dos RDL, que permanecieron en
vigor mientras duró su tramitación parlamentaria. Como consecuencia
del proceso legislativo, el 26 de diciembre se sancionaron y
promulgaron las Leyes 63/1997 y 64/1997, publicadas en el BOE el 30
del mismo mes. Estas leyes recogieron, con mínimas modificaciones,
el texto de los RDL 8/1997 y 9/1997, a los que sustituyeron.
Nota: Este curso forma parte del libro "CEO - Elementos de derecho" del autor V. del Valle, J. L. Gómez, publicado por la editorial McGraw-Hill (ISBN: 84-481-9929-4).
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