La relación jurídica laboral surge como tal desde que hay una prestación de servicios entre dos personas (empresario y empleado) la cual tiene las características de libertad, voluntariedad, productividad, ajeneidad, dependencia y subordinación. De estas, las que diferencian a la relación laboral de otras relaciones de prestación de servicios son la ajeneidad, la dependencia y la subordinación.
No son relaciones jurídicas laborales las que se dan por aquellos trabajadores que hacen suyo el fruto de su propio trabajo o que no dependen de su empleador (funcionarios, autónomos, etc.)
Hay 2 opiniones. Opina sobre este curso.
| Cursos | Valoración | Alumnos | Vídeo | |
|---|---|---|---|---|
|
La crisis. Matriz de aprendizaje y mecanismos de defensa La matriz de aprendizaje o modelo interno, es la modalidad con que cada uno de nosotros, organiza y simplifica, el universo de nuestra experiencia, el universo de conocim... [24/10/08] |
|
766 | ||
|
La pena dentro del sistema penal La pena es la primera y principal consecuencia jurídica del delito directa del principio de legalidad, de ahí su importancia en el entendido que se trata de una instituci... [15/12/05] |
|
998 | ||
|
Prueba ilicita o espúrea en materia penal Prueba ilícita o espúrea en materia penal, curso enfocado a describir aspectos importantes que forman parte de la pr... [30/09/09] |
|
382 | ||
Publicar en
del.icio.us
digg
meneame