Es un pacto entre una empresa o varias asociaciones empresariales y una representación colectiva de los trabajadores (representantes del personal de las empresas o sindicales), con la finalidad de regular el contenido de los contratos de trabajo (las condiciones de trabajo), pero también los derechos y obligaciones de los representantes del personal o, más ampliamente, las relaciones entre las partes firmantes del convenio y entre las organizaciones de trabajadores y empleados. Es una fuente específica del Derecho del Trabajo ya que complementa lo establecido por la Ley regulando las condiciones no contempladas por ella.
¿Qué es el derecho sindical?.
Mediante el derecho sindical se estudian las relaciones colectivas (relaciones entre trabajadores como colectivos para defender sus intereses), además el derecho sindical también estudia el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a filiarse a un sindicato.
Clases de convenios colectivos.
Existen dos tipos de convenios colectivos:
- Convenio Colectivo Estatutario: regula las relaciones entre empresa y trabajador, sin necesidad de que éstos, en su contrato de trabajo, se remitan o acepten la aplicación del convenio (aplicación automática del convenio). Para su aprobación se requiere que tanto patronales como sindicatos sean mayoritarios en el sector en que se van a firmar. Gozan de eficacia general, aplicándose a todas las empresas y trabajadores del ámbito funcional y territorial del convenio con independencia de que estén o no afiliados a las organizaciones sindicales o empresariales firmantes del mismo.
- Convenio Colectivo Extraestatutario: No tiene eficacia general, sino solamente para las partes firmantes y las empresas y trabajadores representados por ellas. Sólo resulta obligatoriamente aplicable a las empresas y trabajadores afiliados a las organizaciones firmantes. No pueden ir contra la ley, y tenderán a mejorar los mínimos establecidos.
Gozan de eficacia general, aplicándose a todas las empresas y trabajadores del ámbito funcional y territorial del convenio con independencia de que estén o no afiliados a las organizaciones sindicales o empresariales firmantes del mismo.
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