En este tipo de contrato la prestación de la actividad laboral se realiza en el domicilio del trabajador o en lugar libremente elegido por éste y sin vigilancia del empresario.
El contrato se formalizará por escrito con el visado de la oficina de empleo, donde quedará depositado un ejemplar, haciendo constar el lugar en el que se realice la prestación laboral, a fin de que puedan exigirse las necesarias medidas de higiene y seguridad que se determinen.
El salario será igual o superior al de un trabajador de categoría profesional equivalente en el sector económico del que se trate. Todo empresario que ocupe trabajadores a domicilio debe poner a disposición de éstos un documento de control de la actividad laboral que realicen.
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