Las relaciones laborales especiales son aquellas que no se regulan siguiendo el estatuto de los trabajadores, debido a que dichas relaciones laborales gozan de unos reales decretos propios.
Los tipos de relaciones laborales especiales son:
La del servicio del hogar familiar. La de personal de alta dirección. La de los deportistas profesionales. La de los artistas de espectáculos públicos. La de los penados en instituciones carcelarias. La de los trabajadores minusválidos que presten sus servicios en los centro especiales de empleo. La de los estibadores portuarios que presten servicios a través de sociedades estatales o de los sujetos que desempeñen las mismas funciones que éstas en los puertos gestionados por las Comunidades autónomas. La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y venturas de aquellas. Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley.Hay 2 opiniones. Opina sobre este curso.
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