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|3662 alumnos|Fecha publicación: 01/06/2005
DERECHO PENAL INTERNACIONAL
El Derecho Penal Internacional (Afirma BASSIOUNI) constituye la rama del sistema jurídico internacional configuradota de una de las estrategias empleadas para alcanzar, respecto de ciertos intereses mundiales, el más alto grado de sujeción y conformidad de los objetivos mundiales de prevención del delito, protección de la comunidad y rehabilitación de los delincuentes.
El Derecho Penal Internacional [1], consiste en determinar las conductas atentatorias contra un interés social de trascendencia universal, cuya protección exige su tipificación como delitos y la aplicación de penas impuestas por los Estados miembros de la Comunidad Internacional, a través de actuaciones nacionales o internacionales, colectivas y de cooperación.
Los antecedentes del l Derecho Internacional Penal se remontan a la escuela iusnaturalista de Francisco de Vitoria, Francisco Suárez, o Hugo Grocio, al intento de la extradición del Káiser Guillermo II por el Tratado de Versalles, y después de la segunda guerra mundial, a los Tribunales Internacionales de Nuremberg y de Tokio, sin que con posterioridad a los Estados Miembros de las Naciones Unidas hayan elaborado un auténtico Derecho Internacional Penal.
El Acuerdo de Londres de 1945 inspira de manera doctrinal a una clasificación de los tipos delictivos del Derecho Penal Internacional, los cuales son los siguientes:
1. Crímenes contra la paz (preparación, desencadenamiento, y realización de una guerra de agresión).
2. Crímenes de guerra (infracciones graves contra el derecho de la guerra cometidas durante un conflicto armado de carácter internacional)
3. Crímenes contra la humanidad (infracciones graves contra la vida, integridad corporal, libertad o dignidad humana cometidas con el apoyo del poder del Estado., contra una persona o grupo de personas por su pertenencia a una cultura, raza, religión, nacionalidad, o convicción política determinada).
[1] Diccionario Jurídico Espasa, Nueva Edición totalmente actualizada.
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