3.310 cursos gratis
6.278.405 alumnos
Publica tu curso gratis
Busca cursos gratis:
Estás aquí: mailxmail > Cursos de Empresa > Area legal > Derecho fiscal II > Infracciones fiscales

Derecho fiscal II

Autor: carmen contreras
Curso: 5/5 5/5 (1 opinión) |2987 alumnos|Fecha publicación: 17/03/2006

Capítulo 5:

 Infracciones fiscales

Las infracciones fiscales que se sancionan con la privación de la libertad son: el contrabando, los hechos ilícitos asimilados al contrabando, la defraudación fiscal, los delitos relacionados con el RFC, el uso indebidote bienes depositados; la alteración o destrucción de aparatos de control, sellos o marcas oficiales, y las visitas domiciliarias y embargos practicados sin orden de autoridad competente.

La prisión por deudas está permitida por la constitución cuando es una deuda fiscal, y para no pagarla se ha cometido un delito, como son los que antes mencionamos.

Definiciones

Multa. Es una cantidad adicional de dinero a la prestación fiscal y a los intereses moratorios.

Carácter punitivo de la multa. Es que tiene como fin primario la represión de la violación cometida y como fin secundario un beneficio al fisco.

Sistemas existentes para la cuantificación de multas.

I.  El 50% de lo omitido cuando se pague antes del cierre del acto final de la visita.

II. El 100% cuando paguen después del acto final de visita.

III.                 El 150% en los demás actos.

IV.                Cuando la omisión haya derivado de un error aritmético la multa sería del 20% y si paga dentro del m es siguiente a la fecha en que se notificó, la multa se reducirá a la mitad.

Responsabilidad de terceros. Cuando una persona aconseja al contribuyente no pagar sus impuestos correctamente.

Responsabilidad de las personas jurídicas. A quien se va a sancionar es al contribuyente y no a quien cometa la infracción.

Convertibilidad de las multas. Las normas tributarias prevén la imposibilidad de pago y disponen que se convierta en prisión.

Personalidad de la multa. La aplicación de la multa no toma en cuenta la personalidad y circunstancias del autor de la infracción.

Multa en el supuesto de muerte del multado. Se multa a los herederos o sucesores del multado.

Infracciones fiscales: Intereses Moratorios

Los intereses moratorios son los que se devengan cuando no se paga un crédito fiscal en el plazo señalado. El pago de un impuesto o derecho realizado fuera de los plazos señalados por las leyes fiscales siempre que dicho entero se efectúe en forma espontánea, sólo dará lugar al cobro de recargos a razón del 2% mensual. Se causarán por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que debió de hacerse el pago hasta que el mismo se efectúe.

Las siguientes penas estan prohibidas por el Artículo 22:

-   Multa excesiva. Están prohibidas pero no existe un criterio inequívoco para determinar cuando tiene tal carácter.

-   Confiscación de bienes. Es la privación coactiva de la totalidad o parte de los bienes de una persona por razones de interés público.

-   Penas trascendentales. Son aquellas cuyos efectos recaen sobre una persona distinta a la responsable de la infracción que se sanciona.

Delito fiscal

Delito fiscal. Es todo acto u omisión que las disposiciones del CFF determinen. Y sus elementos constitutivos son:

-   Elemento subjetivo o interno

-   Elemento objetivo

Se consideran responsables de delitos fiscales:

-   Quienes concierten la realización del delito.

-   Quienes realicen la conducta o hecho escrito en la ley.

-   Quienes cometan conjuntamente el delito.

-   Quienes se sirvan de otra persona como instrumento para ejercerlo.

Las conductas que comprenden el delito de abuso de autoridad son el ordenar o practicar visitas domiciliarias o embargos sin mandamiento escrito de autoridad competente. Realizar la revisión física de mercancías en transporte en lugar distinto a los recintos fiscales.

Las conductas que conforman el delito de amenazas de servidores públicos se da cuando el servidor público amenazare de cualquier modo a un contribuyente.

Las formas específicas de ser de las amenazas son:

A.     Cuando amenace a otro, de cualquier modo, con causarle mal en su persona, bienes, honor o sus derechos o de alguien con este ligado.

B.     Cuando el que por amenazas de cualquier genero trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho a hacer.

Recibe nuestras novedades
Al presionar "Recibir" estás dándote de alta y aceptas las condiciones legales de mailxmail

Información de los programas con certificado

Hay 1 opinión. Opina sobre este curso.


Cursos similares a Derecho fiscal II


Cursos Valoración Alumnos Vídeo
Andalucía. Estatuto de Autonomía (1/2)
España. Estatuto de Autonomía para Andalucía. Conoce un primer bloque de la estructura del estatuto en tres grandes secciones, que son: Der... [01/07/09]
4/5 569  
Teoría General del Proceso y Hermenéutica jurídica
Derecho Procesal y Hermenéutica Jurídica. En este curso de Derecho estudiaremos la Teoría General del Proces... [13/10/09]
5/5 190  
Marco general de la imposición jurídica
Este curso contiene toda la información necesaria para poder conocer los conceptos y vocablos no técnicos a usar en la materia impositiva.El hecho Imponible es el... [14/03/08]
5/5 1.057  


Publicar en   del.icio.us    digg    meneame

¿Qué es mailxmail.com?|ISSN: 1699-4914|Recomiéndanos|Ayuda
Condiciones legales de mailxmail