4/5
(1 opinión)
|1244 alumnos|Fecha publicación: 27/07/2009
3.1.6. La Administración Pública.
Los órganos del Gobierno Central, los gobiernos regionales, los
Concejos Municipales y varios organismos constitucionales con
funciones específicas tienen por debajo de sus jefes o sus
organismos internos rectores, un conjunto más o menos amplio de
funcionarios, según los casos, organizados en distintas
reparticiones, que son los que ejecutan, supervisan y evalúan las
acciones propias del Estado, constituyendo la Administración
Pública.
Al paso del desarrollo del aparato del Estado, y de sus nuevas
funciones y actividades, la Administración se ha desarrollado
enormemente en los Estados contemporáneos, cosa que es secularmente
criticada en la discusión política, pero que responde a la
necesidad de cumplir con las funciones públicas y, que si es
racionalizada y razonable, puede rendir importantes servicios a la
colectividad.
De todas las reparticiones de la Administración Pública la que es
más importante en cantidad y en variedad de funciones es la que
depende del Poder Ejecutivo. La siguen los funcionarios municipales
y luego los demás. Si bien originalmente la Administración es
fundamentalmente ejecutiva, por la necesidad de su función ha ido
desarrollando dos líneas que resultan importantes para el cabal
conocimiento del Derecho contemporáneo. Ellas son:
- La producción de normas generales vía reglamentos, decretos y
resoluciones; y,
- La resolución de problemas derivados del ejercicio de sus
actividades a través de lo que se denomina procedimientos
administrativos.
3.1.7. Las Empresas del Estado.
Por último, dentro de los niveles distintos de organización del
Estado, tenemos las empresas de le pertenecen. La forma general
constitucional respecto de ellas es el 2do. párrafo del artículo
60° de la Constitución, por el que se establece: "Sólo por
autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar
subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por
razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia
nacional".
El Estado actúa en el ámbito empresarial bajo cuatro
modalidades:
- Empresas de derecho público, que son creadas por ley y gozan de
atributos de la Administración Pública.
- Empresas del Estado de derecho privado, que son las constituidas
originalmente o reorganizadas como sociedad anónima de acuerdo a
ley, cuyo capital pertenece totalmente al Estado.
- Empresas de economía mixta, que son personas jurídicas de derecho
privado, en las cuales el Estado participa asociado con terceros en
los capitales y en la dirección de la sociedad; el Estado tiene
directa o indirectamente una participación accionaria mayoritaria
que le garantiza el control de las decisiones de toda índole en los
órganos de gobierno de la sociedad.
- Accionariado del Estado, constituido por una participación
minoritaria del Estado en personas jurídicas de derecho privado
diferentes a las empresas del Estado de derecho privado y de
economía mixta. Para que dicho accionariado sea calificado como de
"Accionariado del Estado" se requiere que las acciones,
sean de propiedad directa de un organismo estatal o de cualquiera
de las empresas antes mencionadas. La participación del Estado en
esta modalidad no califica a la empresa como Empresa del
Estado.
Las empresas del Estado son organismos que actúan en la vida
económica nacional de acuerdo a los fines establecidos por el
artículo 61° de la Constitución. Aun cuando el primer tipo (empresa
de derecho público), prevé la posibilidad de que tenga influencia
en el Derecho en la forma que hemos visto, ninguna de ellas ejerce
un rol determinante en la operación y producción del sistema
jurídico nacional.
NOTA: Con este capítulo hemos llegado al final del
curso.
Hay 1 opinión. Opina sobre este curso.
| Cursos | Valoración | Alumnos | Vídeo | |
|---|---|---|---|---|
|
El derecho en la empresa Este curso va dirigido para quienes deseen tener herramientas suficientes para resolver conflictos de intereses y para esclarecer incertidumbres jurídicas. Así ... [14/02/05] |
|
2.699 | ||
|
Manual de redacción de Actas Policiales (segunda parte) Manual de redacción de Actas Policiales. Vamos a dedicar este curso al aspecto formal de las Actas Policiales. Detallaremos y explicaremos las partes de un acta... [28/11/08] |
|
5.458 | ||
|
Derecho Penal. Teoría de la imputación objetiva Derecho Penal. Teoría de la imputación objetiva, en este curso mediante la sistematización de los aspectos más relevantes de la |
|
649 | ||
Publicar en
del.icio.us
digg
meneame