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|9639 alumnos|Fecha publicación: 13/01/2009
Las fases de la investigación criminal son las
siguientes:
1. Conocimiento del hecho (ciudadano o autoridad).
2. Comprobación del hecho (por lo común, personal policial).
3. Diligencias preliminares y posteriores al hecho (grupo
interdisciplinario: fiscal, investigadores, criminalistas y
técnicos.
4. Formulación de hipótesis (grupo interdisciplinario).
5. Planeación de la investigación (grupo interdisciplinario).
6. Recopilación y obtención de la información
(investigadores).
7. Fuentes de información (investigadores).
8. Manejo de informantes (investigadores).
9. Entrevistas (expertos).
10. Análisis de la información (grupo interdisciplinario).
11. Esquematización de relaciones (grupo interdisciplinario e
investigadores).
12. Informe y expedientes (autoridad competente).
Veamos a continuación cada una de ellas:
1) Conocimiento del hecho: Es la información,
denuncia, flagrancia, hallazgo o manifestación que llega por
cualquier medio circunstancia o conocimiento de la autoridad
policial sobre la comisión de un acto delictuoso o infracción
punible o supuestamente delictiva, para su posterior comprobación e
inicio de las primeras diligencias.
2) Comprobación del hecho: Es la diligencia policial
que consiste en la verificación directa en el mismo sitio de
ocurrencia del hecho. El investigador debe orientarse a fin de
establecer si realmente está en presencia de un acto o de la
comisión de un delito tipificado por la legislación penal vigente.
Para ello es conveniente proceder con calma, sin apresuramiento y
no dejándose llevar por la rutina.
3) Diligencias preliminares: Son el conjunto de
acciones que realiza el investigador paralelas o simultáneas a la
comprobación del delito, con el objeto de reunir, varias
informaciones con base en denuncias, testimonios, entrevistas,
etc., relativas al acto criminal que se ha suscitado, para así
llegar a la verdad de lo ocurrido por conducto de métodos, técnicas
y procedimientos técnicos-científicos.
4) Formulación de hipótesis: La hipótesis debe ajustarse y
ser coherente con la información plenamente establecida mediante el
conocimiento del hecho y de las relaciones determinadas, con base
en datos, y que tengan conexión con otros hechos.
El ejercicio de la formulación de hipótesis debe estar libre de
cualquier suposición que tenga origen en perjuicios, sentimientos o
intereses personales de los investigadores que adelantan el caso.
Formuladas las hipótesis, se ordenan de acuerdo con el grado de
complejidad, es decir la que ofrezca mayor cantidad de información
comprobable. Aquí se determinan cuáles requieren actividad de
investigación específica y cuáles se pueden descartar.
5) Planeación de la investigación criminal: A partir de las
hipótesis que el grupo interdisciplinario ha escogido como mejor,
se desarrolla el plan de investigación en el que se establece
cuales son las preguntas a las que se les está buscando respuesta.
Esto significa que en el conjunto de información se identifican los
vacíos que existen en la manera que van a obtener los datos que la
complementan. También se debe establecer que actividades se
adelantarán, quién lo van a hacer y con qué recursos se cuenta. Es
importante tener presente en la planeación, en que tiempo se va a
ejecutar la misión y organizar con mucho cuidado la información que
constantemente se está recibiendo.
6) Recopilación y obtención de la información: Es el
procedimiento mediante el cual el investigador utilizando
diferentes métodos, acude a las fuentes para obtener la información
que requiere y resolver el caso que investiga. Varía
sustancialmente, pues ello depende de si la obtención se realiza
como verificación o como investigación, teniendo en cuenta que en
el primer caso hay limitaciones, teniendo en cuenta que en el
primer caso hay limitaciones para el investigador por los amparos
de reserva que tienen algunos tipos de información.
7) Fuentes de información: Son consideradas como fuentes de
información, las personas, cosas o lugares. Se clasifican en
personas, documentos y diligencias judiciales.
- Personas: figuran las víctimas, testigos, sospechosos y
los informantes en general.
- Documentos: videogramas, fotografías, libros,
publicaciones oficiales, periódicos y revistas, boletines,
facturas, comprobantes, grafitis, panfletos y además documentos de
circulación cerrada de la variable de interés y los medios de
comunicación (correos, apartados aéreos, fax, etc.).
- Diligencias judiciales: comprende las diligencias de la
Policía Judicial, prevista por la ley, como: inspecciones
judiciales, allanamientos, interceptaciones, entrevistas, versión
libre y espontánea, testimonios, peritazgo, entre otros.
8) Manejo de informantes: Los informantes son personas
que suministran información sobre aspectos o temas de interés para
la investigación. Por lo general no tiene ningún vínculo con la
institución.
9) La entrevista dentro de la investigación criminal:
La entrevista deberá efectuarse, hasta dónde sea posible,
inmediatamente después de cometido el delito. Cada persona deberá
ser entrevista en forma individual y ninguno de los sospechosos ni
de testigos deben oír lo que manifiesta los demás. Es conveniente
que testigos por entrevistar sobre todo lo más dignos de confianza,
sean escuchados antes de entrevistar al sospechoso para que el
experto en entrevista pueda estar suficientemente informado.
10) Análisis de la información: El investigador
criminal, en conjunto con el grupo interdisciplinario deben
realizar un juicioso y profundo análisis de la información que se
ha recolectado durante el desarrollo del proceso
investigativo.
11) Desarrollo investigativo: De las actividades de
investigación y de las pruebas técnicas que se hayan ordenado
surgen unos resultados que están consignados en los diferentes
informes que llegan al expediente. La información nueva se analiza
de acuerdo de acuerdo con la ya establecida y con la hipótesis
formulada. El desarrollo de la investigación es un ciclo que se
repite hasta la información se va depurando, al punto que
alcanzamos un conocimiento que nos facilita avanzar al siguiente
paso.
12) Informes de investigación criminal: El informe de
investigación criminal debe cumplir todos los requisitos legales y
contener los principios que caracterizan el informe del policía
judicial (investigador criminal) constituyéndose lo allá escrito en
las bases para la práctica de pruebas útiles e indispensables que
llevan al funcionario judicial a concluir sobre la certeza del
hecho y la responsabilidad de los autores o partícipes. (López et
al, op.cit, págs. 70-116).
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