3.284 cursos gratis
6.263.460 alumnos
Publica tu curso gratis
Busca cursos gratis:
Estás aquí: mailxmail > Cursos de Empresa > Contabilidad y Finanzas > Contabilidad Práctica (1/5). Organizaciones. Sociedades. Cuentas > Las organizaciones. Empresas. Clasificación (3/3)

Contabilidad Práctica (1/5). Organizaciones. Sociedades. Cuentas

Autor: javier suarez simahan
Curso:  4,60/5 4,60/5 (10 opiniones) |11357 alumnos|Fecha publicación: 19/05/2009

Capítulo 10:

 Las organizaciones. Empresas. Clasificación (3/3)

POR LOS IMPUESTOS

Personas Naturales Declarantes: Están obligados a presentar declaración del Impuesto de Renta y Complementarios.

Sucesiones Ilíquidas: En este grupo corresponde a las herencias y legados que se encuentran en proceso de liquidación.

Régimen Simplificado del Impuesto a las Ventas (IVA): Pertenecen al régimen Simplificado del IVA la sociedades y personas naturales que señale la las normas legales.

Para efectos fiscales los responsables del régimen simplificado no están obligados a llevar libros de contabilidad, hallándose sí obligados a llevar el libro fiscal de registro de operaciones diarias. El artículo 499 del E.T., precisa que pertenecen al régimen simplificado del IVA, entre otras, las personas naturales comerciantes de menores ingresos, señalamiento que independientemente de su calidad de comerciantes es lo que permite atribuirles, para efectos fiscales, determinados derechos y obligaciones.

Art. 499 del E.T. Dice: "Al Régimen Simplificado del Impuesto sobre las Ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan entre otras las siguientes condiciones:

- Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen sus actividades.
- Que no sean usuarios aduaneros.
- Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso -contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a sesenta millones de pesos ($60.000.000).
"

Es así como el artículo 506 del mismo ordenamiento, dentro de las obligaciones fiscales atribuidas a los responsables del régimen simplificado no formula exigencia legal alguna de llevar contabilidad en los términos y condiciones dispuestos por el Código de Comercio.

Una interpretación sistemática de las normas reguladoras del impuesto al valor agregado permite precisar claramente el manejo fiscal que la ley atribuye a los responsables del régimen simplificado. Cuando el parágrafo del artículo 437 del E.T., previene que, a las personas que pertenezcan al régimen simplificado, que vendan bienes o presten servicios, les está prohibido adicionar al precio suma alguna por concepto del impuesto sobre las ventas, sopena de cumplir íntegramente las obligaciones predicables de quienes pertenecen al régimen común, con ello está delimitando las obligaciones predicables del régimen simplificado no en razón de su calidad de comerciantes sino en razón de su actuar frente al régimen fiscal, lo que de suyo le imprime un tratamiento especial a este tipo de responsables.

Régimen Común del Impuesto a las Ventas (IVA): Pertenecen al régimen común del IVA la sociedades y personas naturales que señale la las normas legales. Art . 437 E.T.

Los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos y los importadores son sujetos pasivos.

Son responsables del impuesto:

- En las ventas, los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que actúan y quienes sin poseer tal carácter, ejecuten habitualmente actos similares a los de aquellos;

- En la venta de aerodinos, tanto los comerciantes como los vendedores ocasionales de éstos;

- Los importadores;

- Los contribuyentes del Régimen Común del Impuesto sobre las Ventas, cuando realicen compras o adquieran servicios gravados con personas pertenecientes al régimen simplificado, por el valor del impuesto retenido, sobre dicha transacciones.

Gran Contribuyente: Contribuyentes que por los ingresos y patrimonio que administran son clasificados por la DIAN como grandes contribuyentes, competencia que le es dada a la DIAN por las normas legales.

SEGÚN EN NUMERO DE PROPIETARIOS

Empresas Individuales: denominadas también empresas unitarias o de propietario único. En ellas, aunque una persona es la dueña, la actividad de la empresa se extiende a más personas, quienes pueden ser familiares o empleados particulares. Ejemplos: Almacén don PATRICIO, de propiedad exclusiva de don PATRICIO ROMERO.

Sociedades: son las empresas de propiedad de dos o más personas llamadas socios. Ejemplo: ROMERO & ROMERO, Cía. Ltda., de propiedad de PATRICIO ROMERO y JUAN ROMERO.

Recibe nuestras novedades
Al presionar "Recibir" estás dándote de alta y aceptas las condiciones legales de mailxmail

Hay 10 opiniones. Opina sobre este curso.


Cursos similares a Contabilidad Práctica (1/5). Organizaciones. Sociedades. Cuentas


Cursos Valoración Alumnos Vídeo
Microsoft Excel aplicado a la Contabilidad
La Contabilidad Computarizada (contabilidad con Excel y Outlook principalmente) se refiere a la relación entre la Contabilidad y la I... [13/11/09]
5/5 0  
Excel. Hojas de cálculo (cuarta parte)
Curso del software Excel y formación ofimática. Marcos y tablas de Excel serán temas de importancia en esta cuarta parte de nuestro curso de uso avanzado de hojas de cálc... [07/11/08]
 4,86/5 5.468  
Contabilidad de costes
La contabilidad, es el proceso de seguimiento, registro y análisis de los costes asociados con la actividad de una organización, donde coste se define como tiempo requer... [07/09/07]
5/5 3.067  


Publicar en   del.icio.us    digg    meneame

¿Qué es mailxmail.com?|ISSN: 1699-4914|Recomiéndanos|Ayuda
Condiciones legales de mailxmail