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|21069 alumnos|Fecha publicación: 19/12/2005
II.1 Definición
Consignación: Una de las partes, el consignador o comitente, remite las mercancías a otra parte, el consignatario o comisionista, quien funge como agente del consignador al vender las mercancías.
Importante: Las mercancías entregadas en consignación siguen siendo propiedad del consignador y figuran en el inventario al precio de compra o al costo de producción más los costos de manejo y embarque erogados al emitirlas al consignatario.
Importante: El consignatario no efectúa asiento alguno en el mayor porque las mercancías recibidas siguen siendo propiedad del consignador. Por tanto, el consignatario no incluirá ninguna de las mercancías recibidas en consignación como parte de su inventario.
II.2 Características de la operación
En este tipo de operación, el consignatario acepta la remesa sin responsabilidad, salvo tener el debido cuidado y protegerla razonablemente contra pérdida o daño hasta que los artículos sean vendidos a tercera persona.
Cuando el consignatario vende las mercancías, remite al consignador el precio de venta menos una comisión y menos los gastos en que incurrió para lograr la venta.
Por medio del informe de ventas, el comitente determina el importe de las ventas efectuadas y de los gastos pagados por el comisionista. El comitente deberá registrar esos hechos junto con el importe de la comisión. El efectivo recibido se debe asentar y si no fue remitido se establecerá una cuenta por cobrar.
El comitente debe llevar un registro de los bienes remitidos, de los gastos en que se incurrió y de las ventas efectuadas en relación con cada remesa en consignación. Se lleva una cuenta especial para cada remesa en consignación, llamada consignaciones remitidas e incluye el nombre del comisionista. Se le cargan el costo de los artículos remitidos en consignación, todos los gastos erogados ya sea por el comisionista o por el comitente, y las comisiones pagadas al comisionista, y se le abonan las ventas que se informa en la relación de ventas.
Si el comisionista ha vendido toda la remesa, la cuenta Consignaciones Remitidas proporciona toda la información necesaria para calcular la ganancia o la pérdida que resulte de esa consignación. Si no se han vendido todos los bienes remitidos, el costo de los no vendidos debe quedar en la cuenta Consignaciones Remitidas
Los comisionistas deben incluir las comisiones sobre las ventas en consignación en su estado de resultados, sumándolas a la utilidad bruta en ventas. Los comisionistas deben tener mucho cuidado de no incluir algunos de los artículos consignados como parte de su propio inventario.
II.3 Pasos a seguir en caso de la remesa y venta en consignación
1. Se elabora el convenio de consignación: no exige asiento
alguno a ninguna de las partes, puesto que se trata de un convenio
que gobierna las operaciones que se realizarán en el futuro
2. Se remiten los bienes en consignación: el comitente debe
registrar el hecho de que una parte del inventario fue remitida al
comisionista para que intente venderla. El comitente no registra
venta alguna, porque no se ha llevado a cabo. El comisionista debe
registrar el recibo de mercancía que no es de su propiedad pero de
la cual es responsable. El comisionista no registra una compra,
puesto que no compró los bienes
3. El comitente paga los gastos: si el comitente desea conocer
el costo total de las remesas hechas en consignación, deberá cargar
los gastos a una cuenta o cuentas especiales. De lo contrario,
puede usar las cuentas regulares de gastos.
4. El comisionista paga los gastos: de acuerdo con el
contrato, estos gastos se cargarán al comitente y así lo registra
el comisionista. El comitente no puede asentar estos gastos
mientras el comisionista no le notifique que los ha pagado.
5. El comisionista realiza las ventas: el comisionista debe
registrar la venta (al contado o a crédito) y la obligación que
contrae ante el comitente por cualquier cantidad cobrada menos los
gastos. Puede registrar cualquier comisión ganada, que por lo
general puede deducir del efectivo que va a remitir.
6. El informe de ventas: indica los artículos recibidos, los
artículos vendidos, los gastos que se cargan a la consignación y
otros datos relativos. El comisionista lo elabora y lo envía al
comitente, junto con cualquier cantidad en efectivo que le
corresponda. El comisionista sólo tendrá que asentar el efectivo
remitido, puesto que las ventas, los gastos y las comisiones se
registraron ya.
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