Registro de ventas
Definición
Es un auxiliar obligatorio de característica tributario de
foliación doble en el cual se registran en forma detallada,
ordenada y cronológica, cada una de las ventas de bienes o
servicios que realiza la empresa en el desarrollo habitual de sus
operaciones. Los documentos que sustentan las ventas realizadas son
las facturas, boletas de venta, notas de crédito, notas de débito,
etc.
A través de este libro se obtiene el importe mensual del Impuesto
General a las Ventas el cual es considerado como impuesto retenido
al cliente por las ventas realizadas, a este IGV retenido se le
deduce el IGV anotado en el Registro de Compras.
Aspecto legal
Este libro debe ser legalizado en el primer folio ante un
Notario Público o Juez de Paz adquiriendo valor legal.
Rayado
El rayado que adopta este libro se muestra a continuación debiendo
cada empresa adecuarlo a sus necesidades de información.
a) Fecha.
b) Número de RUC del cliente.
c) Número de la Factura, Boleta de Venta, Nota de Débito,
Nota de Crédito.
d) Nombre o Razón Social del Cliente.
e) Ventas Comercio Exterior: Moneda, tipo de cambio,
importe.
f) Importe de los Bienes y Servicios grabados.
g) Importe de los descuentos y bonificaciones.
h) Otros cargos.
i) Importe de los Bienes y Servicios no gravados.
j) Importe Base imponible del Impuesto Selectivo al
Consumo.
k) Tasa e Importe del Impuesto Selectivo al Consumo.
l) Tasa e Importe de la base imponible del IGV.
m) Tasa e importe del Impuesto General a las ventas.
n) Importe total a cobrar.
Impuesto a las ventas
Actualmente el Impuesto General a las Ventas registra el
importe del 18% y se aplica en cada una de las operaciones que
realiza la empresa.
Registro de operaciones
Cada uno de los documentos emitidos por la empresa se irá
registrando día a día en orden correlativo. En el caso de boletas
de venta, cuando se emite diariamente gran cantidad de documentos,
se puede hacer un resumen diario de los mismos anotándose el primer
y último número emitido.
Cierre del registro de ventas
Al finalizar cada mes deberá sumarse cada una de las columnas que
registran importes debiendo cuadrarse cada una de las cifras
comprobándose la operación con el total registrado, el cierre
significa hacer una doble raya por debajo de las cifras
registradas. La información que presenta este cierre mensual es
trasladada al asiento del libro diario denominándose a esta
operación centralización.
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