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Contabilidad básica

Autor: Jesús de la Caridad Mesa Oramas
Curso:  4,36/5 4,36/5 (785 opiniones) |52981 alumnos|Fecha publicación: 01/10/2004

Capítulo 10:

 Pignoraciones

Es un tipo de operación comercial que realizan generalmente las instituciones bancarias y son préstamos a terceros cuyo respaldo o garantía está representado por mercancía que quedará gravada hasta la cancelación parcial o total de la deuda.

La importancia de este tipo de operación es que permite a comerciantes, industriales y personas dedicadas a las actividades agropecuarias obtener financiamiento entregando parte de sus inventarios como garantía del préstamo obtenido y en el caso de importar algún tipo de materia prima, el hacerlo en grandes cantidades, lo que les permite obtener descuentos por cantidades y evitar pagar posteriormente un mayor precio en el mercado internacional, posiblemente debido a los efectos inflacionarios de la economía.

El Pignorante (quien obtiene el préstamo) puede realizar pagos parciales a cuenta del crédito obtenido y obtiene la devolución de parte de la mercancía gravada que corresponda a la parte cancelada.

El crédito o préstamo obtenido representa un pasivo para con el Banco, el cual generalmente es a un plazo menor de un año. Esta obligación se denominará Pignoración a pagar y se reflejará en el balance general como Cuenta de Pasivo circulante y la mercancía entregada en calidad de garantía se incluirá en una cuenta denominada Mercancía Pignorada que es una cuenta de orden debido a que quien recibe el préstamo conserva la propiedad del activo que está reflejado contablemente dentro de los inventarios.

Procedimiento para llevar a cabruna operación de Pignoración

- El préstamo recibido (Pignoración por pagar) siempre es una cantidad menor que la mercancía entregada en garantía.

- Al realizar la operación se establece un lapso máximo para pagar el préstamo al Banco, aunque el Pignorante puede hacer pagos parciales y retirar la mercancía correspondiente.

- Los intereses los va a ir determinando mensualmente el banco de acuerdo al saldo de la deuda y serán cargados al pignorante .

- El seguro que tiene que cancelar el Pignorante se va a calcular en base al tiempo que la mercancía va a estar gravada, respaldando el préstamo.

- El almacenaje también se cobrará de forma mensual, dependiendo del monto de la mercancía gravada y de ciertas condiciones de seguridad de la misma.

En caso de vencerse el período del préstamo y no cancelarse, el Banco procede a cobrar los intereses de mora respectivos además del seguro y almacenaje correspondiente.

Capítulo siguiente - Valoración de activos
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