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|254 alumnos|Fecha publicación: 27/01/2009
DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
La LGDCU en su artículo 8 recoge los derechos básicos de los consumidores y usuarios. Estos son:
A) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
Derecho que se considera regla general. Por eso los empresarios tienen prohibido poner en el mercado productos que conlleven riesgos para la salud o seguridad de consumidores o usuarios.
La regla tiene una excepción lógica: "los riesgos mínimos compatibles con el uso del bien o servicio considerados admisibles dentro de un nivel elevado de protección de la salud y seguridad de las personas". (art. 11.2 LGDCU)
B) Protección de los intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
Hay que respetarlos en todo momento, tanto la oferta como la promoción y la publicidad, condiciones que serán exigibles aunque no figuren en el contrato de compraventa o prestación de servicios.
C) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
Los consumidores o usuarios tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios demostrados que el consumo o la utilización de bienes o servicios les ocasionen.
La indemnización tiene la finalidad de eliminar el daño causado, siempre que la persona que lo cause sea responsable.
D) Derecho a la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
Este derecho tiene como finalidad que las decisiones de compra se tomen con mayor libertad y racionalidad, se comprenda la información suministrada al consumidor, se difundan los derechos y deberes de los consumidores o usuarios y cómo se pueden ejercer, prevenir los riesgos que se puedan derivar del consumo, fomentar el consumo sostenible y formar a profesionales de este campo.
E) Derecho de audiencia, participación y representación.
Este derecho se materializa "oyendo" a las asociaciones de consumidores y usuarios y consultándolas cuando se estén redactando normas que afecten directamente a los consumidores o usuarios.
F) Derecho a la protección en casos de subordinación o indefensión.
Para ello las Administraciones Públics deben adoptar medidas que equilibren las relaciones entre las empresas que ofertan sus productos al mercado y los demandantes, eliminando abusos o situaciones de inferioridad que se puedan producir respecto a los consumidores.
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