Sucesión a la Corona
En el artículo 57 de la Constitución se dice: «La Corona de España
es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de
Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica
[...]».
La sucesión a la Corona seguirá el orden regular de primogenitura y
representación de acuerdo con los siguientes criterios (véase
Figura 1.4):
Fig. 1.4. Orden de sucesión a la Corona de
España.
a) Los varones tienen preferencia sobre las mujeres.
b) En el mismo sexo se aplica el principio de mayor
edad.
c) Heredarán la Corona los hijos y nietos del heredero
fallecido, con preferencia a los restantes hijos del Rey.
Hay 1 opinión. Opina sobre este curso.
| Cursos | Valoración | Alumnos | Vídeo | |
|---|---|---|---|---|
|
Derecho. Principios jurídicos Derecho. Principios jurídicos. En qué sentido pueden los principios jurídicos llevarnos a decisiones concretas, esclareciendo las “zo... [28/07/09] |
|
510 | ||
|
Trabajo. Contratos administrativos de servicios Contratos administrativos de servicios, en uso de las facultades delegadas mediante la Ley Nº 29157, el Poder Ejecutivo expidió el Decreto Legislativo N&or... [19/05/09] |
|
1.580 | ||
|
La prueba indiciaria o circunstancial en materia penal El término indicio proviene del latín "indicium" señal o signo aparente y probable de que existe una supuesta cosa. La jurisprudencia española ha definido la prueba indic... [09/07/08] |
|
1.665 | ||
Publicar en
del.icio.us
digg
meneame