El concepto de derecho es ambiguo ya que tiene muchas acepciones y es difícil quedarse con una sola definición. Por ello, vamos a centrarnos en sus elementos y sus funciones.
Elementos del derecho.- Veamos a continuación algunos de los elementos más importantes.
El derecho como medio: es un medio, no un fin en sí mismo.
La fuerza: el derecho se percibe como coacción, como coerción. Esto significa que existe la posibilidad de imponer el derecho.
Legitimidad: el derecho justo, el que tiene el poder político. Existen dos variables:
de origen: supone el acceso formal al poder de forma democrática.
de ejercicio: se refiere a la actividad política del poder.
Funciones del derecho.- Nos ocupamos a continuación de las principales funciones del derecho.
Represiva: pretende castigar al que inflinge la ley.
Preventiva: lo importante no es sancionar sino lo que hay que hacer es impedir que se vulnere el derecho. Tiene dos variables:
-Prevención general: supone que el derecho es como una amenaza dirigida a los ciudadanos para que no inflijan la ley.
-Prevención especial: no se dirige a la gente, sino al individuo que ha cometido la infracción.
Función de control social: el derecho intenta tratar conductas desviadas. Un sistema liberal pretende revisar las conductas desviadas, en cambio un sistema social pretendería dirigir las conductas desde un punto de vista social considerando que es el estilo en el que se ordenan.
Función para favorecer el cambio social.
Función proporcional: estudia un aspecto concreto, el concepto de sanción. Hay sanciones negativas (penas de prisión, multas) y sanciones positivas (incentivos).
Función de tratamiento de conflictos. El derecho siempre resuelve todo tipo de conflictos, ya sea entre la Administración y la sociedad o entre los propios miembros de la sociedad.
Función de seguridad: se trata de facilitar a los individuos lo que está prohibido y lo que no lo está, es decir, el conocimiento de las normas.
Conclusiones.-
-Tenemos siete funciones sistematizadas y vemos que el derecho no tiene una única función.
-Todas las funciones son complementarias.
-Dependiendo de la rama del derecho, unas funciones serán más importantes que otras.
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