Veamos a continuación las condiciones para la concesión de licencias de conducción.
Edad.- La edad mínima requerida para obtener licencia de conducción será la siguiente:
-Catorce años cumplidos para la que autoriza a conducir ciclomotores y para la que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida (coches de minusválido).
-No obstante, hasta los dieciséis años cumplidos la licencia no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten viajeros.
-Dieciséis años cumplidos para la que autoriza a conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y conjuntos de los mismos.
Otros requisitos.- Tener la residencia normal en España o, de ser estudiante, demostrar la calidad de tal durante un período mínimo continuado de seis meses en territorio español, y haber cumplido la edad requerida.
-No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.
-Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de licencia que se solicite.
-Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase del permiso solicitado.
Documentación necesaria.-
-Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor, o, en su caso, del pasaporte, documento de identificación de Extranjeros (N.I.E.) que acredite su residencia normal o condición de estudiante en España durante el período exigido, en unión de los documentos originales que serán devueltos una vez cotejados.
-Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.
-Dos fotografías actualizadas, de 35 x 25 mm., iguales a la que se halle adherida al informe de aptitud psicofísica a que se refiere el punto anterior.
-Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
-Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase al solicitado.
-Fotocopia del permiso o licencia de conducción que, en su caso, posea, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, acompañado del documento original que será devuelto una vez cotejado. Dicho documento será entregado por su titular, con carácter previo a la recepción del nuevo permiso expedido.
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