Todos los vehículos, así como sus correspondientes remolques, que tengan matricula, tienen la obligación de tener un dispositivo de alumbrado de color blanco para iluminar la placa posterior de matrícula para que pueda verse de noche sin producir deslumbramientos.
Este debe encenderse a la vez que las luces de posición, de cruce o de carretera. También los vehículos de servicio público, deben llevar también un dispositivo que ilumine la placa posterior de servicio público (SP), cumpliendo las mismas condiciones que la luz de matrícula.
Alumbrado interior del vehículo.- Este alumbrado es obligatorio para los vehículos de servicio público de pasajeros. En el resto de vehículos es opcional. Sus características son color blanco no deslumbrante.
Dentro de los automóviles debe utilizarse con mucha precaución para no molestar, ni distraer al conductor del mismo.
Luces en taxis.- Los TAXIS, disponen de forma obligatoria de un tipo de alumbrado específico para indicar su disponibilidad, mediante un alumbrado indicador de "libre" con una única luz de color verde no deslumbrante colocada en la parte exterior derecha del vehículo. Esta luz solamente se utilizará
si este vehículo está disponible para los usuarios.
Existen también autobuses con plazas libres que también deberán mostrar su disponibilidad. En ellos existen los 'taxímetros' que son los dispositivos incluidos en el interior y que indican el importe del trayecto. Estos taxímetros deben activarse desde que el usuario monta en el taxi hasta que este termina su trayecto en el. Este debe estar iluminado lo suficiente para que el usuario vea el importe del trayecto sin que pueda producir deslumbramiento alguno.
Evitar los deslumbramientos.- Cuando vamos circulando por vías insuficientemente iluminadas de noche y con las luces "largas", se deberán sustituir por las "cortas" siempre que se pueda deslumbrar con ellas a otros conductores que circulan en sentido contrario o en el mismo sentido (si están a menos de 150 metros), ya que se les puede deslumbrar con el reflejo de las luces en los espejos retrovisores. Si por cualquier motivo nosotros somos deslumbrados por otro vehículo, deberemos NO mirar directamente a las luces para evitar dicho deslumbramiento y fijarnos en alguna linea de la
calzada para no perder la referencia de nuestra marcha. Incluso si es necesario se reducirá la marcha de nuestro vehículo hasta detenerse si fuese necesario.
Cuando es el vehículo que circula detrás de nosotros el que nos deslumbra, moveremos los espejos retrovisores levemente para evitar tal efecto, o incluso taparemos dicho espejo para evitar el reflejo directo. Si nuestro retrovisor dispone de dispositivo antideslumbramiento, lo accionaremos. También podemos mover ligeramente nuestra cabeza para evitar el deslumbramiento.
Nunca intentaremos deslumbrar al vehículo que circula en dirección opuesta a la nuestra si este nos está deslumbrando a nosotros. A veces se le puede indicar al vehículo que nos deslumbra, con unas rápidas y cortas ráfagas, para indicárselo.
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