Operaciones exteriores
Dentro de la política del SEBC, el Banco de España puede adquirir y vender divisas y metales preciosos, así como efectuar transacciones bancarias con entidades extranjeras y organismos internacionales.
Sin vulnerar el principio de autonomía (véase la Tabla 1.3), el Gobierno puede «consultar» al Banco de España sobre cuestiones relativas a la política del tipo de cambio del euro, a pesar de que en esta materia es competente el SEBC.
Servicios de tesorería, deuda pública y control de la banca privada
Las entidades de crédito y los organismos públicos tienen cuenta
en el Banco de España. De esta forma, el banco presta
al Tesoro Público, a las comunidades autónomas y a los
distintos organismos oficiales su servicio de tesorería para
mantener cuentas y realizar cobros y pagos a través de ella;
sin embargo, no pueden financiarlos en ningún caso en virtud
del principio de autonomía financiera.
Otra de las funciones del Banco de España es la gestión de la deuda
pública (valores de renta fija), que consiste en ayudar, a
través de sus medios técnicos, en las emisiones, amortizaciones y
gestión de la deuda del Tesoro y de las comunidades autónomas
que así lo soliciten.
Entre sus funciones de control de bancos y cajas de ahorros, el Banco de España tiene potestad para inspeccionar a las entidades de crédito, imponer sanciones por faltas graves y proponer sanciones por faltas muy graves, que impondrá el Ministerio de Economía y Hacienda previa tramitación de un expediente.
Si en el ejercicio de su potestad de control el Banco de España localiza alguna entidad en situación excepcionalmente grave o en peligro de insolvencia, puede intervenirla o sustituir provisionalmente sus órganos de administración o dirección.
Entidades oficiales de crédito: el ICO
Hasta hace unos años existían varias entidades oficiales de crédito (Banco de Crédito Hipotecario, Banco Exterior de España, Banco de Crédito Industrial, Banco de Crédito Local, Banco de Crédito Agrícola, Banco de Crédito a la Construcción y Crédito Social Pesquero) encargadas de apoyar financieramente a sectores considerados clave en la economía. Estas entidades, junto con la Caja Postal, se convirtieron en sociedades anónimas; posteriormente, se integraron en la Corporación Bancaria Española S. A.
(Argentaria), que fue sometida a un proceso completo de privatización; de este modo se cumplían las obligaciones derivadas delos Tratados Europeos. Más tarde, Argentaria se fusionó con el Banco Bilbao Vizcaya para formar el BBVA.
Actualmente, el único resto de banca pública es el Instituto de Crédito Oficial (ICO), una entidad pública empresarial. La ley otorga al ICO naturaleza de entidad de crédito y lo considera como agencia financiera del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio y tesorería propios.
También le concede autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines, a saber: el sostenimiento y promoción de actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la mejora de la riqueza nacional. Su cumplimiento debe respetar el principio de equilibrio financiero, esto es, el Instituto no puede funcionar con pérdidas.
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