Derechos de emisión de gases de efecto invernadero
Venta de un activo conectado a una posterior operación de arrendamiento financiero (lease-back)
El lease-back o retro leasing consiste en la venta de un bien por parte de la empresa a una compañía de leasing para, posteriormente, pactar un arrendamiento financiero. El objetivo fundamental de esta operación es la obtención de recursos financieros.
El PGC recoge esta operación, en los términos siguientes, en la norma de valoración 5, g):
«Cuando por las condiciones económicas de la operación se desprenda que se trata de un método de financiación, el arrendatario dará de baja el valor neto contable del bien objeto de la operación, reconociendo simultáneamente y por el mismo importe el valor inmaterial. Al mismo tiempo deberá reconocer en el pasivo la deuda total por las cuotas más el importe de la opción de compra; la diferencia entre la deuda y la financiación recibida en la operación se contabilizará como gastos
a distribuir en varios ejercicios.»
En la Tabla 8.3 se recoge el registro contable:

Tabla 8.3. Registro contable del leasing-back.
Derechos de emisión de gases de efecto invernadero
La respuesta internacional al cambio climático se materializó en el Protocolo de Kioto, ratificado por los estados miembros de la UE, y para que puedan cumplir el compromiso adquirido, se aprueba la Directiva 2003/87/CE, de 13 de octubre, por la que se establece el régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. España la ha incorporado con la Ley 1/2005, de 9 de marzo, creando un Plan Nacional de asignación y el ICAC, mediante la Resolución de 8 de febrero de 2006, aprueba las normas para el registro, valoración e información de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero. La norma consta de diez partes, de las que resaltamos las siguientes:
- Registro contable, calificación y baja en balance: los derechos de emisión se registrarán en el balance cuando nazcan para la empresa los derechos que los originan, ya sean transferidos a la cuenta de haberes en el Registro Nacional que le correspondan (dentro del Plan Nacional), o adquiridos o generados por la empresa. Figurarán como inmovilizaciones inmateriales, creándose una partida específica, la 216 Derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Se darán de baja del balance por su transmisión a terceros, su entrega o su caducidad (pues se asignan por años naturales).
- Valoración: como norma general por su precio de adquisición o coste de producción. Si son adquiridos a título gratuito o por un precio inferior a su valor venal, se valorarán por su valor venal (los adquiridos a través del Plan Nacional). No serán objeto de amortización, por lo que deberán dotarse provisiones por las depreciaciones recuperables, que se anularán a medida que desaparezcan las causas que las motivaron.
Nota: Este curso forma parte del libro " CEO - Auditoría" del autor Herminio Méndez, publicado por la editorial McGraw-Hill (ISBN: 84-481-5691-9).
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