Para Hoyos (1996:6-8) el origen del debido proceso se remonta en la Carta Magna expedida por Inglaterra por el rey Juan en e laño 1215, para reconocer una serie de derechos fundamentales en respuesta a las demandas del os barones de Runnymede y constaba originalmente de 63 capítulos.
En el capítulo 39, el rey Juan prometió lo siguiente:
Nullus liber hommo capitur, vel imprisonetur, aut dissaisiatur, aut autlaagetur, aut exulteur, act aliquo modo destruatur, nec super um bimus nec super eum mitteemus, nisi per legale judicium parium suorum vel per legem terrae (ningún hombre aprehendido, hecho prisionero, puesto fuera de la ley o exiliado ni en forma alguna arruinado, ni iremos ni mandaremos a nadie contra él, excepto mediante el juicio de sus partes o por la ley de la tierra.) Al año y medio de haber emitido la Carta Magna, el rey Juan falleció y debido al carácter personal del gobierno feudal, su sucesor el todavía niño Enrique III reafirmó la carta en 1216.
Esta fue la primera vez de más de treinta años en que la carta fue reexpedida por monarcas ingleses durante dos siglos siguientes, incluso varias en el reinado de un mismo monarca obedeciendo a crisis políticas.
En la reexpedición de la Carta de 1225, también en el reinado de Enrique III, el documento fue reducido de 63 a 37 capítulos, y la futura cláusula sobre el debido proceso todavía per legem térrea, paso del capítulo 39 original al capítulo 29, en lugar de la expresión per legem aparece la expresión inglesa due process of law, la cual ha sido traducida a nuestro idioma más comúnmente como el debido proceso legal o simple debido proceso [...].
El texto de la carta en idioma inglés, tal como fue expedida en 1354, es el siguiente:
That no man of what estate or condition that he shall he put out of land or tese ment, nor taken nor impresisoned, nor disin herited, nor put to death, without being brought in asweer bye due process of law (Ninguna persona, cualquiera que sea su condición o estamento, será privada de su tierra, ni de su libertad, ni desheredado, ni sometido a pena de muerte, sin que antes responda a los cargos en un debido proceso legal.)
Posteriormente, también en Inglaterra, la cláusula del due process of law aparece consagrada en the petition of right de 1627, preparada por las ideas del distinguido jurista Edward Coke y al habeas hábeas act de 1640.
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