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|11984 alumnos|Fecha publicación: 23/06/2006
¿Cómo y dónde funciona la Oficinade Participación Popular? Esta oficina estará a cargo de una persona que conozca de Consejos Comunales y el personal subalterno puede estar constituido por los Promotores de la Dirección de Desarrollo Social de la Alcaldía u otros que se contrate especialmente.
Esta no debe ser una oficina burocrática, sino operativa. Su personal no debe permanecer dentro de ella sino en el campo de acción, que son las comunidades, excepto del encargado que tiene que hacer trabajo de reclutamiento, sistematización y codificación documentario.
Puede funcionar fuera del edificio de la Alcaldía (recomendable) y tener el espacio suficiente para atender a todos los ciudadanos interesados en el tema y a los Voceros que acudan, tanto para registrar sus Consejos, como para solicitar ayuda, asesoría y acompañamiento.
¿Qué otras tareas realiza la Oficinade Participación Popular? La Oficina realizará las siguientes tareas obligatorias:
a. Llevar el registro ordenado de los Consejos Comunales del Municipio
b. Llevar el registro pormenorizado de Órganos Ejecutivos de cada Consejo
c. Llevar la Base de Datos actualizada de los censos establecidos por familias
d. Publicar manuales de apoyo para actualizar el conocimiento sobre Consejos, Cooperativismo, Desarrollo Social, etc.
e. Formular planes de integración, como la red de Consejos Comunales, Clubes, Asociaciones, etc. que tienda a vincular la red social del Municipio.
f. Ir actualizando el mapa con coordenadas del Municipio, señalando exactamente la ubicación de las viviendas de cada Consejo.
Con todos los datos recurrentes al Banco de Datos existente, se puede hablar de la "Historia de la Comunidad", ya que no sólo son cuantitativos, sino cualitativos; a ese cúmulo de vivencias debidamente organizado, se le debe incorporar todos los elementos de interpretación posibles, comprensión, explicación, análisis, crítica y reflexión, para que de allí surjan los nuevos aprendizajes y los nuevos saberes, en términos de juicio, concepto y teoría.
¿Con qué equipo y materiales debe empezar esta oficina? La Superintendencia debe contar en sus inicios, con el siguiente equipo y mobiliario:
1. Una computadora
2. Un escritorio
3. Dos archivadores
4. Una mesa de 8 o 10 puestos
5. 15 sillas apilables
6. Una guillotina
7. Dos carteleras grandes
8. Una pizarra acrílica
9. Materiales de oficina, papelería, etc.
Se recomienda la compra de una fotocopiadora, para proporcionar a los usuarios la facilidad de sacar fotocopias de cédulas, planillas, manuales, formularios, etc.
¿Qué ocurrirá con los Consejos Comunales creados antes de la Ley? La LECC en la Disposición Transitoria del Capítulo VIII, dice: Los Consejos Comunales constituidos antes de la publicación de esta Ley, serán objeto de un proceso de regularización y adecuación a las disposiciones en ella establecidas. La Comisión Presidencial del Poder Popular realizará este proceso en un lapso no mayor de noventa días continuos a partir de la publicación de la presente Ley.
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